Anotación de Aviso Definitivo
Homoclave:
INSEJUPY-1365
Última actualización:
1 de noviembre de 2023
Trámite para:
Personas físicas, personas morales
Iniciar y terminar de forma digital, es decir, puede enviarse la resolución a través de un medio electrónico.
Descripción
Permite la inscripción de anotación de un aviso definitivo emitido por Fedatario Público, cuando se formaliza un acto jurídico sobre bienes inmuebles.
Trámite de: Dirección del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del INSEJUPY
En qué consiste
¿Qué resolutivo obtendré al realizar el trámite o servicio?
Boleta Electrónica
¿Cuándo debo realizarlo?
Permanente
¿Cuál es la vigencia del resolutivo que obtendré?
vigencia indeterminada ( sin vencimiento). Decreto 340 art. 36 apartado segundo fracción B.
¿Cuál es regulación que le aplica al trámite o servicio?
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- Artículos relacionados
- Artículo 33 Fracc. II, 35 y 38.
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
- Requisitos
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- Artículos 59 Fracc. III y 62
- Conceptos regulados
- Costo
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- Artículos relacionados
- Artículo 115
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
Qué necesito
¿Cuáles son los requisitos para realizarlo?
-
Recibo Oficial de Pago
- Descripción
- Realizar el pago en línea o presentar documento en el cual se acredita el pago de los derechos del trámite solicitado.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Memorial del Aviso
- Descripción
- Adjunte archivo en formato PFD con la firma del fedatario público del acta notarial solo es pedimento.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
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Firma Electrónica
- Descripción
- Contar con firma electrónica emitida por el SAT,
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
¿Cuál es el costo?
Fijo
$112.00 Por cada avisoEn caso de haber iniciado su solicitud antes del cambio del valor de la UMA e intentar concluir en fecha posterior al cambio, deberá cubrir la diferencia de los Derechos correspondientes. Lo cual puede hacerlo en la misma plataforma mediante Pago en línea o con Hoja de referencia.
¿Cuáles son las formas de pago?
- Efectivo
- Tarjeta de crédito
- Tarjeta de débito
- Cheque simple: 012914002009271475
- Cheque certificado: 012914002009271475
- SPEI Referenciado (Transferencia Bancaria): 012914002009271475
¿Dónde puedo pagar?
- Cajas de Cobro de la dependencia o entidad
- Oficinas Recaudadoras de la AAFY ubicadas en la dependencia o entidad
- Oficinas Recaudadoras de la AAFY ubicadas en la Ventanilla Única Estatal y USE
- Oficinas Recaudadoras de la AAFY en ubicadas en los municipios del Interior del estado.
- Comercios y Establecimientos autorizados por AAFY
- Cajero Inteligente ubicados en las Ventanillas Únicas Estatales
¿Requiere inspección o verificación este trámite o servicio?
No
¿Qué debo considerar al realizar el trámite o servicio?
Los avisos definitivos solo pueden ser capturados a través del Módulo de Notarios.
https://ancj.insejupy.gob.mx/
https://ancj.insejupy.gob.mx/
Cómo y dónde lo realizo
¿Cuáles son los pasos para realizarlo?
¿Cómo lo realizo en línea?
- Ingresar al portal en línea y capturar usuario y contraseña
- Seleccionar la operación a realizar
- Adjuntar la documentación solicitada
- Escanear el documento para adjuntarlo
- Solicitar la línea de referencia para realizar el pago
- Consultar y dar seguimiento a la solicitud
- Descargar el resolutivo (documento o respuesta final resultado del trámite o servicio)
¿Cuál es el tiempo máximo para obtener respuesta?
15 días hábiles a partir del ingreso del trámite.
5 Días hábiles si trae aparejado un certificado.
5 Días hábiles si trae aparejado un certificado.
¿Pueden rechazar mi trámite o servicio?
Si, en caso de no cumplir los requisitos de forma que marca la legislación aplicable al aviso definitivo.
El pago de los derechos debe cubrir los costos vigentes al momento del envío de su solicitud.
El pago de los derechos debe cubrir los costos vigentes al momento del envío de su solicitud.
Si no recibió una respuesta por parte de la autoridad estatal, o se encuentra inconforme con la que recibió, consulte la información sobre los medios de impugnación y la negativa ficta.