Crédito Crea Sustentable
Programa de subsidios o ayudas denominado Crédito para el Renacimiento de Emprendedores y Artesanos
Homoclave:
IYEM0-2565
Última actualización:
15 de abril de 2026
Servicio para:
Personas físicas, personas morales
Enviar la solicitud y documentación del trámite a fin de que se valide si cumple con los requisitos y condiciones necesarias, para poder iniciar su trámite de forma presencial en la ventanilla o la instancia correspondiente.
Descripción
Permite otorgar financiamiento, con una tasa de interés ordinario anual de 5%, para la adopción de prácticas con enfoque sostenible en las actividades económicas productivas. va de $50,000 a $500,000 MN
Servicio de: Dirección de Innovación y Competitividad Empresarial
Trámite/Servicio derivado de un programa de apoyo
Contacto
C. Lizbeth Carrasco Arjona
Jefa del Departamento de Financiamiento y Desarrollo Competitivo
999 941 21 7071 Ext. 29264 y 29263
microyuc.iyem@yucatan.gob.mx
Jefa del Departamento de Financiamiento y Desarrollo Competitivo
999 941 21 7071 Ext. 29264 y 29263
microyuc.iyem@yucatan.gob.mx

En qué consiste
¿Cuál es el nombre de la modalidad?
Crea Sustentable
¿Qué resolutivo obtendré al realizar el trámite o servicio?
De acuerdo al plazo de solicitud (12, 18 o 24 meses).
¿Cuándo debo realizarlo?
Permanente.
¿Cuál es la vigencia del resolutivo que obtendré?
De acuerdo al plazo de solicitud (12, 18 o 24 meses).
¿Cuál es regulación que le aplica al trámite o servicio?
-
- Artículos relacionados
- 1,2,3,4,5,6,7,8,9,10,11,12,13,14,15,16,17,18,19,20,21,22,23,24,25,26,27,28,29,30,31,32,33,34,35,36,37,38,39,40,41
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
Qué necesito
¿Cuáles son los requisitos para realizarlo?
-
Acta de Nacimiento
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 copia simple
-
Acta de Matrimonio
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 copia simple
-
Constancia de Situación Fiscal SAT (RFC)
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 copia simple
-
Comprobante de Domicilio
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Recibo de Agua Potable
- Recibo de Luz
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 copia simple
-
Comprobante de Domicilio de cada una de las Sucursales
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 copia simple
-
Identificación Oficial de la Persona Física
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Credencial para Votar del Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE)
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 copia simple
-
Cotización de los Bienes a Adquirir
- Descripción
- 3 cotizaciones de 3 proveedores diferentes de lo que se piensa adquirir, si no se contara con 3, se podrá elaborar una carta simple, justificando el motivo.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 copia simple
-
Constancia de historial crediticio de la persona beneficiaria, su cónyuge y del aval
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 copia simple
¿Cuál es el costo?
Gratuito
¿Requiere inspección o verificación este trámite o servicio?
Sí
¿Qué formatos o escritos libres debo presentar?
¿Cómo puedo agendar una cita?
Teléfono: 999 941 21 70, 71 Ext. 29264 y 29263
¿Qué debo considerar al realizar el trámite o servicio?
Los créditos son autorizados por un comité de forma bimestral sin fecha fija.
Cómo y dónde lo realizo
¿Cuáles son los pasos para realizarlo?
¿Cómo lo realizo en línea?
- Dar clic en el botón "Iniciar"
- Descargar, llenar y firmar la solicitud autógrafamente
- Escanear el documento para adjuntarlo
- Adjuntar la documentación solicitada
- Corregir las observaciones realizadas por la dependencia o entidad
- Recibir el resolutivo (documento o respuesta final resultado del trámite o servicio)
¿Cómo lo realizo en módulos de servicio?
- Descargar, llenar y firmar la solicitud autógrafamente
- Acudir a la oficina de atención establecida
- Entregar la documentación requerida
- Firmar la solicitud autógrafamente
- Corregir las observaciones realizadas por la dependencia o entidad
- Recibir el resolutivo (documento o respuesta final resultado del trámite o servicio)
¿A dónde puedo acudir para realizarlo?
-
Instituto Yucateco de EmprendedoresMunicipio: MéridaHorario: De lunes a viernes de 8:00 a 16:00 hrs.Teléfono: (999) 941 20 33
¿Cuál es el tiempo máximo para obtener respuesta?
60 días hábiles.
¿Pueden rechazar mi trámite o servicio?
Quienes deseen ser personas acreditadas de la modalidad a que se refiere esta sección deberán cumplir con los siguientes requisitos:
I. Ser mexicano, mayor de dieciocho años y estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes, en el caso de las personas físicas, o estar legalmente constituida, en el caso de las personas morales.
II. Tener capacidad jurídica para obligarse.
III. Tener actividad económica en el territorio del estado de Yucatán.
IV. Estar dado de alto ante el Servicio de Administración Tributaria con una actividad económica.
V. Contar con un plan de trabajo que incluya la adopción de prácticas con enfoque sostenible en las actividades económicas productivas del negocio.
VI. No ser persona acreditada o aval dentro de los programas de Crea
VII. No ser empleado de la Administración Pública estatal, en el caso de las personas físicas, y, en el caso de las personas morales, que ninguno de sus socios, asociados, accionistas, consejeros o administradores lo sean.
VIII. Contar con una garantía prendaria, personal o hipotecaria, suficiente para cubrir el valor del crédito conforme a lo siguiente:
a) Garantía prendaria:
1. Uno o hasta cinco bienes muebles, libres de todo gravamen, a su nombre en el estado de Yucatán.
Si el crédito se solicita únicamente para la adquisición de activos fijos, estos podrán constituir la garantía prendaria.
b) Garantía personal: una persona física o moral que responderá con su patrimonio de manera solidaria y mancomunada hasta por el total del crédito otorgado, la cual deberá contar con:
1. Uno o hasta cinco bienes muebles, libres de todo gravamen, a su nombre en el estado de Yucatán.
2. Uno o hasta cinco bienes inmuebles a su nombre en el estado de Yucatán, con un máximo de un gravamen, siempre y cuando el valor del inmueble sea suficiente para cubrir el gravamen más el valor del crédito solicitado.
c) Garantía hipotecaria, únicamente podrá ser aplicable a los montos de créditos autorizados iguales o mayores a $ 200,000 pesos en moneda nacional.
1. Uno o hasta cinco bienes inmuebles a su nombre en el estado de Yucatán, con un máximo de un gravamen cada uno, siempre y cuando la suma de los valores libres de gravamen sea suficiente para cubrir el crédito solicitado.
Los costos legales relacionados a la escrituración e inscripción de la garantía hipotecaria ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Instituto de Seguridad Jurídica Patrimonial de Yucatán, serán cubiertos por la persona acreditada y podrán ser descontados del monto autorizado del crédito al momento de la disposición.
Los costos legales relacionados a la liberación del gravamen derivado del crédito, una vez concluidas las obligaciones de pago, correrán a cargo de la persona acreditada.
En cualquiera de los casos, el bien, sea mueble o inmueble o la suma de estos, deberá ser de valor igual o superior al monto del crédito.
IX. No contar con proyectos productivos con las siguientes características:
a) No tengan un establecimiento fijo de operaciones, así como aquellos cuyo ingreso principal derive de la venta de artículos usados o apócrifos, del comercio de bebidas alcohólicas, a excepción de los productores que realicen la fabricación de bebidas alcohólicas artesanales.
b) Sean de casas de empeño, venta por catálogo, esquemas piramidales, estacionamientos, tianguistas, excursiones o transporte de personas en general.
c) Por su naturaleza contravengan los principios de competitividad y desarrollo productivo, atenten o pongan en peligro la paz pública o, de cualquier manera, signifiquen un riesgo para la comunidad o el tejido social de la comunidad, del municipio o del estado, así como aquellos que resulten contrarios a los principios y objetivos del instituto, y que se encuentren contenidos en las disposiciones aplicables.
I. Ser mexicano, mayor de dieciocho años y estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes, en el caso de las personas físicas, o estar legalmente constituida, en el caso de las personas morales.
II. Tener capacidad jurídica para obligarse.
III. Tener actividad económica en el territorio del estado de Yucatán.
IV. Estar dado de alto ante el Servicio de Administración Tributaria con una actividad económica.
V. Contar con un plan de trabajo que incluya la adopción de prácticas con enfoque sostenible en las actividades económicas productivas del negocio.
VI. No ser persona acreditada o aval dentro de los programas de Crea
VII. No ser empleado de la Administración Pública estatal, en el caso de las personas físicas, y, en el caso de las personas morales, que ninguno de sus socios, asociados, accionistas, consejeros o administradores lo sean.
VIII. Contar con una garantía prendaria, personal o hipotecaria, suficiente para cubrir el valor del crédito conforme a lo siguiente:
a) Garantía prendaria:
1. Uno o hasta cinco bienes muebles, libres de todo gravamen, a su nombre en el estado de Yucatán.
Si el crédito se solicita únicamente para la adquisición de activos fijos, estos podrán constituir la garantía prendaria.
b) Garantía personal: una persona física o moral que responderá con su patrimonio de manera solidaria y mancomunada hasta por el total del crédito otorgado, la cual deberá contar con:
1. Uno o hasta cinco bienes muebles, libres de todo gravamen, a su nombre en el estado de Yucatán.
2. Uno o hasta cinco bienes inmuebles a su nombre en el estado de Yucatán, con un máximo de un gravamen, siempre y cuando el valor del inmueble sea suficiente para cubrir el gravamen más el valor del crédito solicitado.
c) Garantía hipotecaria, únicamente podrá ser aplicable a los montos de créditos autorizados iguales o mayores a $ 200,000 pesos en moneda nacional.
1. Uno o hasta cinco bienes inmuebles a su nombre en el estado de Yucatán, con un máximo de un gravamen cada uno, siempre y cuando la suma de los valores libres de gravamen sea suficiente para cubrir el crédito solicitado.
Los costos legales relacionados a la escrituración e inscripción de la garantía hipotecaria ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Instituto de Seguridad Jurídica Patrimonial de Yucatán, serán cubiertos por la persona acreditada y podrán ser descontados del monto autorizado del crédito al momento de la disposición.
Los costos legales relacionados a la liberación del gravamen derivado del crédito, una vez concluidas las obligaciones de pago, correrán a cargo de la persona acreditada.
En cualquiera de los casos, el bien, sea mueble o inmueble o la suma de estos, deberá ser de valor igual o superior al monto del crédito.
IX. No contar con proyectos productivos con las siguientes características:
a) No tengan un establecimiento fijo de operaciones, así como aquellos cuyo ingreso principal derive de la venta de artículos usados o apócrifos, del comercio de bebidas alcohólicas, a excepción de los productores que realicen la fabricación de bebidas alcohólicas artesanales.
b) Sean de casas de empeño, venta por catálogo, esquemas piramidales, estacionamientos, tianguistas, excursiones o transporte de personas en general.
c) Por su naturaleza contravengan los principios de competitividad y desarrollo productivo, atenten o pongan en peligro la paz pública o, de cualquier manera, signifiquen un riesgo para la comunidad o el tejido social de la comunidad, del municipio o del estado, así como aquellos que resulten contrarios a los principios y objetivos del instituto, y que se encuentren contenidos en las disposiciones aplicables.
Si no recibió una respuesta por parte de la autoridad estatal, o se encuentra inconforme con la que recibió, consulte la información sobre los medios de impugnación y la negativa ficta.
¿Al trámite o servicio aplica la afirmativa ficta o negativa ficta?
Negativa ficta
¿Cuál es el tiempo máximo que tiene el área para realizar observaciones a mi solicitud?
1 semana
¿Cuál es el tiempo máximo para atender las observaciones de mi solicitud?
30 días hábiles
¿Dónde puedo quejarme si no estoy satisfecho con la atención recibida?
-
Protesta Ciudadana – Ingresa tu petición o inquietud ante la falta de atención a un trámite, y/o se altere o incumpla con la información oficial establecidahttps://tramites.yucatan.gob.mx/protesta/Teléfono: (999) 927 9372 ext. 13359Dirección: Calle 39 número 441 entre 20 y Circuito Colonias, Colonia Máximo Ancona, Mérida, YucatánHorario de atención: Lunes a Viernes de 8:00 hrs. a 15:00 hrs.
¿Dónde puedo realizar denuncias por presuntas faltas administrativas?
-
Sistema de Atención Yucatán de la Secretaría Anticorrupción y Buen GobiernoTeléfono: (999) 930 3800 ext. 13000Dirección: Edificio Administrativo Siglo XXI, Calle 20-A Núm. 284-B Por 3-C y 49 Diagonal, Colonia Xcumpich, C.P. 97204, Mérida Yucatán.Horario de atención: Lunes a Viernes de 8:00 hrs. a 15:00 hrs.
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