Subsanación por Omisión de Firma
Subsanación de omisión de firma e inscripciones de Propiedad o de Gravamen
Homoclave:
INSEJUPY-2021
Última actualización:
17 de agosto de 2023
Trámite para:
Personas físicas, personas morales
Enviar la solicitud y documentación del trámite a fin de que se valide si cumple con los requisitos y condiciones necesarias, para poder iniciar su trámite de forma presencial en la ventanilla o la instancia correspondiente.
Descripción
Permite algún asiento de inscripción o anotación que se hubiera omitido la firma del registrador.
Trámite de: Dirección del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del INSEJUPY
Contacto
999 930 30 20 / 800 10 800 10
registro.publico@insejupy.gob.mx
registro.publico@insejupy.gob.mx
En qué consiste
¿Qué resolutivo obtendré al realizar el trámite o servicio?
Boleta Electrónica
¿Cuándo debo realizarlo?
Permanente
¿Cuál es la vigencia del resolutivo que obtendré?
Permanente
¿Cuál es regulación que le aplica al trámite o servicio?
-
- Artículos relacionados
- Artículo 93, 94 y 95.
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
- Requisitos
Qué necesito
¿Cuáles son los requisitos para realizarlo?
-
Solicitud
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Escrito Libre
- Solicitud en Línea
- Descripción
- Escrito libre redactado por el propietario del bien inmueble, debe de contener los datos del predio, nombre del propietario y firma, interés legitimo, datos registrales, folio electrónico, y demás que se consideren necesarios (anexando su identificación oficial).
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Escritura Pública
- Descripción
- Documento notarial origen en el que consta la firma del registrador.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
¿Cuál es el costo?
Gratuito
¿Requiere inspección o verificación este trámite o servicio?
No
¿Qué debo considerar al realizar el trámite o servicio?
Existe la subsanación de oficio por parte del Registrador.
Cómo y dónde lo realizo
¿Cuáles son los pasos para realizarlo?
¿Cómo lo realizo en línea?
- Ingresar al portal en línea y capturar usuario y contraseña
- Seleccionar la operación a realizar
- Dar clic en el botón "Iniciar"
- Capturar la Información del predio
- Escanear el documento para adjuntarlo
- Adjuntar la documentación solicitada
- Consultar y dar seguimiento a la solicitud
- Descargar el resolutivo (documento o respuesta final resultado del trámite o servicio)
¿Cuál es el tiempo máximo para obtener respuesta?
15 días hábiles
¿Pueden rechazar mi trámite o servicio?
Si, en caso de no cumplir con los requisitos establecidos en el articulo 94 del Reglamento de la Ley del INSEJUPY
Si no recibió una respuesta por parte de la autoridad estatal, o se encuentra inconforme con la que recibió, consulte la información sobre los medios de impugnación y la negativa ficta.