Cédula Catastral por Inmatriculación
Ley que Crea el Instituto de Seguridad Jurídica Patrimonial de Yucatán, Arts. 158
Reglamento de la Ley que Crea el Instituto de Seguridad Jurídica Patrimonial de Yucatán, y 127 fracción XXXVII
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Identificación Oficial de la Persona Física
- Entrega uno de los siguientes documentos:
- Cédula Profesional
- Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)
- Credencial para Votar del Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE)
- Licencia de Conducir
- Pasaporte
- Descripción:
- Identificación Oficial vigente del Propietario, Copropietarios o Representante legal que contenga datos de CURP.
- Personas que lo requieren:
- Personas físicas
- Presentación:
- 1 original
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Identificación Oficial del Apoderado
- Entrega uno de los siguientes documentos:
- Cédula Profesional
- Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)
- Credencial para Votar del Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE)
- Licencia de Conducir
- Pasaporte
- Descripción:
- Toda persona en carácter de TRAMITADOR, en representación del Propietario o Representante Legal de la Persona Moral, deberá anexar: Identificación Oficial vigente
- Personas que lo requieren:
- Personas físicas y morales
- Presentación:
- 1 original
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Acta Constitutiva
- Descripción:
- - Para el caso de Representante Legal de la Persona Moral (Propietario), anexar: Acta Constitutiva o Poder Notariado.
- Personas que lo requieren:
- Personas morales
- Presentación:
- 1 original
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Carta de Autorización
- Descripción:
- Firmada por todos los Copropietarios, para el caso de Copropiedad.
- Personas que lo requieren:
- Personas físicas y morales
- Presentación:
- 1 original
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Carta Poder Notariada
- Descripción:
- - Para el caso de Representante Legal de la Persona Física (Propietario), anexará: Carta Poder o Poder Notariado.
- Para el caso de Representante Legal de la Persona Moral (Propietario), anexará: Acta Constitutiva o Poder Notariado. - Personas que lo requieren:
- Personas físicas y morales
- Presentación:
- 1 original
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Carta Poder Simple
- Descripción:
- - Para el caso de Representante Legal de la Persona Física (Propietario), anexará: Carta Poder o Poder Notariado.
- Personas que lo requieren:
- Personas físicas y morales
- Presentación:
- 1 original
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Manifiesto emitido por Fedatario Público (F2) o Autoridad Judicial
- Entrega uno de los siguientes documentos:
- Boleta de Inscripción vigente
- Inscripción Vigente Certificada (emitida por la Dirección del Registro Público de la Propiedad)
- Manifiesto emitido por Fedatario Público (F2) o Autoridad Judicial
- Título de Propiedad (Registradado antes de marzo de 2007)
- Descripción:
- Señalando la traslación del Inmueble entre el que transmite el dominio (propietario anterior) y el que recibe el dominio como Propietario Vigente.
- Personas que lo requieren:
- Personas físicas y morales
- Presentación:
- 1 original
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Dictamen Catastral
- Personas que lo requieren:
- Personas físicas y morales
- Presentación:
- 1 copia simple
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Antecedentes Registrales del Predio
- Entrega uno de los siguientes documentos:
- Cédula Catastral
- Libro de Manifestación Primitiva
- Libro de Parcela
- Descripción:
- Documento que describa Antecedentes registrales del predio en su caso.
- Personas que lo requieren:
- Personas físicas y morales
- Presentación:
- 1 copia simple
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Plano de Inscripción
- Descripción:
- Plano de Inscripción en Formato vigente elaborado por el Catastro..
- Personas que lo requieren:
- Personas físicas y morales
- Presentación:
- 1 original
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Solicitud
- Entrega uno de los siguientes documentos:
- Solicitud de Elaboración de Plano a Escala
- Solicitud de Elaboración de Plano Topográfico
- Descripción:
- - En caso que solicite que el Catastro elabore Plano, Presentar Solicitud de elaboración de Plano a Escala o Solicitud de elaboración de Plano Topográfico, cumpliendo los requisitos y pago de derechos que para tal efecto se determinen para trabajos de gabinete o de campo (diligencia, kilometraje y trabajo de topografía).
- Personas que lo requieren:
- Personas físicas y morales
- Presentación:
- 1 original
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Fotografías
- Descripción:
- Fotografías a color del predio con vista de la totalidad del Frente del Predio, y cuando aplique: vista de Fondo, vista panorámica de todas las Construcciones, Nomenclatura o Vialidad para facilitar la ubicación del predio.
*Opcional - Personas que lo requieren:
- Personas físicas y morales
- Presentación:
- 1 original
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Hoja de Referencia para Ubicación del Predio
- Descripción:
- Ubicación en la Cartografía Municipal, con Imagen Satelital del “Sistema de Información Geográfica del INSEJUPY”, Google Earth o Google Maps, con Coordenadas Decimales, UTM o DMS; con ruta de llegada y respectivo kilometraje.
*Opcional - Personas que lo requieren:
- Personas físicas y morales
- Presentación:
- 1 copia simple
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Recibo Oficial de Pago
- Descripción:
- Comprobante del derecho de pago.
- Personas que lo requieren:
- Personas físicas y morales
- Presentación:
- 1 original
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Formato
- Entrega uno de los siguientes documentos:
- Descripción:
- Solicitud llenada correctamente.
- Personas que lo requieren:
- Personas físicas y morales
- Presentación:
- 1 original
Efectivo
Tarjetas bancarias
Cheque
Línea de Captura
-Transferencia electrónica
-En línea a través de la Plataforma de AAFY
-Pago con línea de referencia en OXXO
El Usuario deberá Notificar toda Condición Insegura a las circunstancias del terreno, que pueda poner en riesgo la salud y seguridad del personal durante los trabajos de campo en el predio.
Si no se garantiza acceso al predio en fecha y hora confirmada, por causa imputable al usuario (Posesionario o Tramitador), imposibilitando realizar la verificación o trabajos técnicos, se procederá a expedir informe que corresponda a las circunstancias observadas en la visita, siendo el propietario responsable del pago de derechos que cause el servicio por diligencia y kilometraje correspondientes para reprogramar la cita.
Si se detectan modificaciones en el predio no manifestadas ante el Catastro, en cumplimiento al Artículo 129 y 165 fracciones II, III, IV, V y VI de la Ley que crea el INSEJUPY y Artículo 133 de su Reglamento, ésta será notificado al calce del documento oficial que se emita, quedando todo trámite posterior condicionado a su cumplimiento.
Toda Solicitud debe ser pagada en un término de 5 días hábiles, en caso contrario será DESECHADA, y por seguridad del Usuario, todas las copias del expediente proporcionadas serán destruidas a los 30 días hábiles siguientes a la fecha de la Solicitud.
El tiempo para atender la solicitud entra en vigor a partir de la fecha programada para realizar la diligencia confirmada con el Usuario.
Los documentos originales presentados y/o digitalizados deben ser legibles, sin enmendaduras o alteración que impida tener certeza jurídica de su validez, y deben presentarse en el orden de acuerdo a la numeración del requisito.
En Línea:
1. Ingrese a los Servicios Catastrales en Línea www.insejupy.gob.mx:8040/SGC/Servicios
2. Capture su Usuario y Contraseña.
3. Seleccione la operación que desea realizar.
4. Capture los datos del predio.
5. Adjunte el archivo PDF con todos los requisitos que solicita el trámite o servicio a realizar, incluido el Formato de solicitud.
6. Realice el pago en línea en la plataforma de pagos AAFY o acuda con el número de referencia que se encuentra en la Hoja de referencia, a alguna Caja recaudadora AAFY.
7. Reciba un correo electrónico con su número de solicitud. Podrá consultar el estatus de su trámite con el número de su solicitud en la página
www.insejupy.gob.mx:8040/DOCUMENTOSRPP/Seguimiento
8. Reciba su documento catastral electrónico con la resolución al correo electrónico proporcionado en su Registro.
VENTANILLAS ÚNICAS ESTATALES:
1. Tome su turno.
2. Espere a ser llamado por un asesor.
3. Solicite la asesoría para el trámite correspondiente. Recuerde que deberá contar con una cuenta de correo personal para proceder con su atención.
4. Usted podrá dar seguimiento a su trámite directamente en el servicio "Consulta y seguimiento de solicitudes de RPP y Catastro" en el link siguiente: www.insejupy.gob.mx:8040/DOCUMENTOSRPP/Seguimiento
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Ventanilla Única Estatal Colonia MéxicoCalle 20 Número 104 a por 23 y 25 Col. México NorteMunicipio: MéridaHorario: De Lunes a Viernes de 9:00 a.m. a 16:00 p.m.Teléfono: (999) 9303000
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Ventanilla Única Estatal Plaza Fiesta (Oficina Central)Local 84 - Av. Correa Rachó, Col. Díaz Ordaz, C.P. 97130 Mérida, Yucatán.Municipio: MéridaHorario: Lunes a viernes de 9:00 a.m. a 4:00 p.m., sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.Teléfono: (999)930 3010, Ext. 20552
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Ventanilla Única Estatal Plaza Las AméricasLocal A-6 y 7. Calle 21 #327 entre 50 y 52, Col. Miguel Hidalgo, C.P. 97229 Mérida, Yucatán.Municipio: MéridaHorario: Lunes a viernes de 9:00 a.m. a 4:00 p.m., sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.Teléfono: 930 3010, Ext. 20562
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Ventanilla Única Estatal TizimínC. 45 No. 492 x 62 y 64. Tizimín. (Frente al Zoológico)Municipio: TizimínHorario: Lunes a viernes de 09:00 a 16:00 horas y Sábados de 09:00 a 13:00 horas.Teléfono: (999) 930-30-00 y lada sin costo (800) 999-90-00
20 minutos Tiempo promedio que tarda el ciudadano en realizar su trámite.
Cuando se determinen trámites complementarios que apliquen o resulten del análisis técnico de los requisitos o visita física del predio, el tiempo para atender la solicitud se verá incrementado en función de los tiempos de atención de los trámites complementarios.
Recibida la solicitud, si en el análisis técnico de los requisitos o posterior a la visita física del predio, se constatan errores, inconsistencias en datos y/o no se cumple con alguno de los lineamientos señalados en el Reglamento de la Ley que Crea el Instituto de Seguridad Jurídica Patrimonial de Yucatán o Leyes aplicables en la materia, la solicitud será SUSPENDIDA, notificándose al Usuario el hallazgo observado, términos y requerimientos para su atención.
La Dirección de Catastro podrá verificar los datos asentados en las manifestaciones de que se trate y cuando no coincidan dichos datos con las características reales del inmueble, se realizarán los trabajos catastrales adicionales, siendo el propietario responsable del pago de derechos que cause el servicio.