Oficio de Factibilidad de División de Predio para Constitución de Régimen de Propiedad de Condominio (En línea)
Homoclave:
INSEJUPY-1307
Última actualización:
31 de enero de 2024
Trámite para:
Personas físicas, personas morales
Iniciar y terminar de forma digital, es decir, puede enviarse la resolución a través de un medio electrónico.
Descripción
Permite obtener un Oficio Digital para hacer constar que es factible el proyecto presentado correspondiente a la división de predios bajo el régimen de propiedad en condominio.
Trámite de: Dirección del Catastro del INSEJUPY
Contacto
999 930 30 25 Extensiones: 53272, 53267, 53274, 53289, 53286, 53299
catastro@​insejupy.gob.mx
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En qué consiste
Oficio Digital
Permanente
Permanente
  • Formato
    Entrega uno de los siguientes documentos
    Descripción
    Debidamente llenado
    Personas que lo requieren
    Personas físicas y morales
    Presentación
    1 original
  • Identificación Oficial de la Persona Física
    Entrega uno de los siguientes documentos
    • Cédula Profesional
    • Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)
    • Credencial para Votar del Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE)
    • Licencia de Conducir
    • Pasaporte
    Personas que lo requieren
    Personas físicas
    Presentación
    1 original
  • Acta Constitutiva
    Descripción
    -Para el caso de Representante Legal de la Persona Moral (Propietario), anexará: Acta Constitutiva o Poder Notariado.
    Personas que lo requieren
    Personas morales
    Presentación
    1 original
  • Poder Notarial
    Descripción
    -Para el caso de Representante Legal de la Persona Física (Propietario), anexará: Carta Poder o Poder Notariado.
    -Para el caso de Representante Legal de la Persona Moral (Propietario), anexará: Acta Constitutiva o Poder Notariado.
    Personas que lo requieren
    Personas morales
    Presentación
    1 original
  • Carta Poder Simple
    Descripción
    -Para el caso de Representante Legal de la Persona Física (Propietario), anexará: Carta Poder o Poder Notariado.
    Personas que lo requieren
    Personas físicas y morales
    Presentación
    1 original
  • Carta de Corresponsabilidad
    Descripción
    -Para el caso de Copropiedad anexará: Carta firmada por todos los Copropietarios donde autorizan realizar el trámite.
    Personas que lo requieren
    Personas físicas y morales
    Presentación
    1 original
  • Cédula Catastral
    Entrega uno de los siguientes documentos
    • Cédula Catastral
    Descripción
    Aplica solo a predios cuya última cédulas vigente haya sido emitida antes de octubre de 2018.
    Personas que lo requieren
    Personas físicas y morales
    Presentación
    1 original
  • Plano Catastral
    Descripción
    Que contenga información correcta y que permita la localización del predio en la Cartografía Municipal. Aplica solo a predios cuya último Plano vigente haya sido emitida antes de Octubre de 2018.
    Personas que lo requieren
    Personas físicas y morales
    Presentación
    1 original
  • Constancia de Validación de Planos del Proyecto
    Descripción
    Constancia de Validación emitida por Catastro, de los Planos del Proyecto de División y Fracciones Resultantes para Constitución en Régimen de Propiedad en Condominio, elaborados por Dibujante del Padrón Autorizado.
    Personas que lo requieren
    Personas físicas y morales
    Presentación
    1 original
  • Plano Arquitectonico
    Entrega uno de los siguientes documentos
    • Plano Arquitectonico
    Descripción
    Para cuando aplique Desarrollo Inmobiliario, además se anexará:
    Plano Arquitectónico del Proyecto, y en su caso, Plano de cada una de las Plantas del Condominio Vertical.
    Personas que lo requieren
    Personas físicas y morales
    Presentación
    1 original
  • Anuencia Municipal
    Descripción
    Para el caso que el predio no cuente con acceso directo a la vía pública legalmente constituido, además se anexará:
    Anuencia Emitida por la Autoridad correspondiente para garantizar el derecho al acceso al predio y a la vía pública.
    Personas que lo requieren
    Personas físicas y morales
    Presentación
    1 original
  • Escritura del Predio del Régimen de Propiedad en Condominio de la Unidad de Propiedad Exclusiva
    Descripción
    Para el caso de Predios Colindante con Servidumbre de Paso (Constituida en Predio Vecino y/o mismo Predio a Dividir), además se anexará:
    Escritura o Inscripción Vigente donde se describa la Constitución de la Servidumbre de Paso
    Personas que lo requieren
    Personas físicas y morales
    Presentación
    1 original
  • Identificación Oficial del Apoderado
    Entrega uno de los siguientes documentos
    • Cédula Profesional
    • Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)
    • Credencial para Votar del Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE)
    • Licencia de Conducir
    • Pasaporte
    Descripción
    Toda persona en carácter de TRAMITADOR, en representación del Propietario o Representante Legal; deberá anexar: Identificación Oficial vigente
    Personas que lo requieren
    Personas físicas y morales
    Presentación
    1 original
  • Recibo Oficial de Pago
    Descripción
    Comprobantes de los Recibos Oficiales de Pago de acuerdo a los Costos correspondientes.
    Personas que lo requieren
    Personas físicas y morales
    Presentación
    1 original
Variable
Oficio $156.00; por Investigación documental $781.00, para inmuebles TIPO HABITACIÓN: por cada unidad de propiedad exclusiva y áreas y bienes de uso común $127.00; para inmuebles uso diferente al habitacional, por cada unidad de propiedad exclusiva, áreas y bienes de uso común $250.00; por Diligencia de verificación $623.00; por Kilómetro recorrido $13.00 (considerando como punto de partida las oficinas del Catastro del INSEJUPY); y cuando aplique, otros derechos por trámites complementarios sujetos a la revisión de requisitos en ventanilla y/o al dictamen de la diligencia.
  • Efectivo
  • Tarjeta de crédito
  • Tarjeta de débito
  • Cheque simple: 012914002009271475
  • Cheque certificado: 012914002009271475
  • SPEI Referenciado (Transferencia Bancaria): 012914002009271475
La Solicitud debe pagarse en un término de 5 días
Cada hoja de presupuesto tiene vencimiento por lo que debe pagarse durante ese período ya que vencido requerirá otro formato.
  • Objetivo de la inspección o verificación
    Realizar levantamiento topográfico para manifestar en planos la existencias de mejoras en la construcción, así como poder determinar la ubicación en el caso de ser requerido; con la finalidad de mantener actualizado el predio catastralmente.
    ¿Qué documentación debo presentar en la inspección o verificación?
    • Identificación Oficial del Beneficiario
      Entrega uno de los siguientes documentos
      • Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)
      • Credencial para Votar del Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE)
      • Licencia de Conducir
      • Pasaporte
      Personas que lo requieren
      Personas físicas y morales
      Presentación
      1 original
Todos los requisitos deben presentarse en Documento Electrónico a color: "un archivo PDF exclusivo para Planos" y "otro archivo PDF exclusivo para los demás documentos"; ambos archivos deberán adjuntarse en la Plataforma del Sistema de Servicios Catastrales en Línea al momento de realizar su solicitud.
Los DOCUMENTOS ORIGINALES, para cumplimiento de todos los requisitos, DEBEN SER ESCANEADOS A COLOR, y presentados en forma legible que permita su lectura en medios electrónicos e impresos, y sin enmendaduras o alteraciones que impida tener certeza jurídica de su validez.
*La persona autorizada como tramitador en la presente solicitud, deberá ser quien realice la solicitud en la Plataforma de Servicios Catastrales en Línea.
El pago de Derecho aplicable a la Solicitud es por: la Investigación documental; expedición del Oficio para inmuebles a) TIPO HABITACIÓN o b) USO DIFERENTE AL HABITACIONAL, por cada unidad de propiedad exclusiva y áreas y bienes de uso común; por la Diligencia de verificación y por el Kilómetro recorrido (considerando como punto de partida las oficinas del Catastro del INSEJUPY), conforme a lo descrito en la Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán del año en curso; y cuando aplique, otros derechos relacionados a trámites complementarios.
El tiempo para atender la Solicitud entra en vigor a partir de la visita física del predio.
Dar SEGUIMIENTO A SU SOLICITUD en la página WEB: http://www.insejupy.gob.mx/, o desde la Plataforma de " SERVICIOS CATASTRALES EN LÍNEA".
La visita al predio será confirmada vía telefónica y/o correo electrónico, y un (1) día antes a la diligencia se confirmará la cita previamente agendada.
Para toda cita no confirmada con el Usuario, la Dirección de Catastro se reserva el derecho de reagendar cita conforme a la carga de trabajo.
La política de espera en el lugar de cita o punto de reunión es de 15 minutos.
Como medida preventiva, cuando aplique, se deberá NOTIFICAR vía escrito libre y adjunto a la Solicitud, TODA CONDICIÓN INSEGURA a las circunstancias del terreno, que pueda poner en riesgo la salud y seguridad del personal durante los trabajos de campo en el predio.
Cuando se requieran trámites seriados correlacionados al mismo criterio de la Solicitud, este requerimiento deberá ser validada por el Asesor Catastral.
Si no se garantiza acceso al predio en fecha y hora confirmada, por causa imputable al Usuario (Propietario, Representante o Tramitador), imposibilitando realizar la verificación o trabajos técnicos, se procederá a expedir informe que corresponda a las circunstancias observadas en la visita, siendo el Propietario responsable de la no resolución de la Solicitud.
Cuando se consideren trámites complementarios a la Solicitud, el tiempo de atención se verá incrementado en función de los tiempos de atención de los trámites complementarios.
El Usuario será notificado cuando se determinen trámites complementarios a la Solicitud, como resultado de la revisión de los requisitos en la recepción, del análisis técnico, legal o jurídico, y/o del dictamen de diligencia de la visita física del predio.
El Propietario o su Representante Legal del predio, es responsable del pago de derechos que se causen por trámites complementarios y/o por diligencia de verificación y kilometraje que aplique, para cuando se requiera o se acuerde con el Usuario "Revisitas del Predio" o "Reprogramación de Citas".
Recibida la Solicitud, si en el análisis técnico de los requisitos o posterior a la visita física del predio, se constatan errores, inconsistencias en datos y/o no se cumple con alguno de los lineamientos señalados en el Reglamento de la Ley del INSEJUPY o Leyes aplicables en la materia, la Solicitud será SUSPENDIDA, notificándose al Usuario el hallazgo observado, términos y requerimientos para su atención.
Toda SOLICITUD SUSPENDIDA por causa imputable al Usuario SERÁ NOTIFICADA debidamente fundada y motivada, y por única ocasión, a través de la Plataforma de "SERVICIOS CATASTRALES EN LÍNEA y a través del CORREO ELECTRÓNICO personal del Usuario registrado ante el INSEJUPY.
El periodo de TIEMPO DE SUSPENSIÓN de la Solicitud será determinado por la Dirección del Catastro e informado al Usuario. El tiempo compromiso de atención reanudará hasta que el Usuario haya atendido y notificado los requerimientos a la Dirección del Catastro a través de las Ventanillas.
Toda Solicitud SERÁ DESECHADA (finalizada) cuando el Usuario no atienda los términos del párrafo anterior y/o los requerimientos proporcionados no cumpla las condiciones técnicas, legales o jurídicas para la resolución del trámite suspendido.
Todo Solicitud podrá ser CANCELADA por requerimiento del Propietario o Representante Legal que suscribe la presente Solicitud, mediante escrito dirigido a la Dirección del Catastro.
Para Solicitudes Canceladas o Desechadas, el pago de derecho ejercido no será sujeto a devolución, incluyendo el caso de que el dictamen emitido por el trámite sea NO PROCEDENTE.
La Dirección de Catastro podrá verificar los datos asentados en las manifestaciones de que se trate y cuando no coincidan dichos datos con las características reales del inmueble, se realizarán los trabajos catastrales adicionales, siendo el propietario responsable del pago de derechos que cause el servicio.
Si durante la diligencia, se detectan diferencias en la información catastral vigente del predio no manifestadas ante el Catastro, en cumplimiento al Artículo 129 y 165 fracciones II, III, IV, V y VI de la Ley que crea el INSEJUPY y Artículo 133 de su Reglamento, cuando aplique, ésta será notificada al calce del documento oficial que se emita, quedando todo trámite posterior condicionado a su cumplimiento.
Toda diligencia podrá ser suspendida por causa de fuerza mayor, por hallazgo observado imputable al usuario que impide la resolución del trámite o por condiciones inseguras que ponga en riesgo la salud y seguridad del personal durante los trabajos de campo en el predio.
En caso de requerirse diligencias adicionales derivadas de los puntos anteriores: 21, 22 y 23, la Dirección de Catastro notificará al Usuario para dar continuidad al servicio previo cumplimiento de los requisitos acordados.
La entrega del producto resultante de la Solicitud será notificado a los 20 días hábiles, al Correo Electrónico personal manifestado por el Usuario, y podrá ser descargado en formato electrónico desde la Plataforma de "SERVICIOS CATASTRALES EN LÍNEA" en la página Web http://www.insejupy.gob.mx:8040/SGC/Servicios
¿Cómo lo realizo en línea?
  1. Dar clic en el botón "Iniciar"
  2. Seleccionar la operación a realizar
  3. Capturar la Información del predio
  4. Seleccionar el Ícono
  5. Adjuntar la documentación solicitada
  6. Esperar y recibir el presupuesto generado por el área
  7. Revisar los conceptos a pagar
  8. Realizar el pago por el importe correspondiente
  9. Consultar y dar seguimiento a la solicitud
20 días hábiles
20 minutos Tiempo promedio que tarda el ciudadano en realizar su trámite
La solicitud deberá presentar los requisitos completos.
Toda Solicitud debe ser pagada en un término de 5 días hábiles, en caso contrario será DESECHADA, y por seguridad del Usuario, todas las copias del expediente proporcionadas serán destruidas a los 30 días hábiles siguientes a la fecha de la Solicitud.
El tiempo para atender la solicitud entra en vigor a partir de la fecha programada para realizar la diligencia confirmada con el Usuario.
Si no se garantiza acceso al predio en fecha y hora confirmada, por causa imputable al Usuario (Propietario, Representante o Tramitador), imposibilitando realizar la verificación o trabajos técnicos, se procederá a expedir informe que corresponda a las circunstancias observadas en la visita, siendo el Propietario responsable de la no resolución de la Solicitud.
Si no recibió una respuesta por parte de la autoridad estatal, o se encuentra inconforme con la que recibió, consulte la información sobre los medios de impugnación y la negativa ficta.
Negativa ficta
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