Oficio de Proyecto de División del Predio
Homoclave:
INSEJUPY-1331
Última modificación:
1 de febrero de 2023
Trámite para:
Personas físicas, personas morales
Iniciar y terminar de forma digital, es decir, puede enviarse la resolución a través de un medio electrónico.
Descripción
Permite obtener un oficio que autoriza la factibilidad o no de la división de un inmueble.
Iniciar trámite
En qué consiste
¿En qué caso debo o puedo realizarlo?
Cuando se quiera conocer la factibilidad del proyecto de la división o no de un predio.
¿Cuándo debo realizarlo?
Permanente
¿Cuál es la vigencia del documento o producto obtenido?
Permanente
¿Cuál es la dirección responsable del trámite o servicio?
Dirección del Catastro del INSEJUPY
¿Cuál es la normatividad de este trámite o servicio?
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- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
-
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- Artículos 126, 127 fracción III, 129, 130, 133, 147, 160, 208 y 212
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
- Requisitos
- Presentación de solicitud
- Objetivo de la inspección
- Información o documentación para la inspección
-
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- Artículo 29
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
- Presentación de solicitud
- Objetivo de la inspección
- Información o documentación para la inspección
-
- Artículos relacionados
- Artículo 68 fracción III inciso a)
- Conceptos regulados
- Costo
Qué necesito
¿Cuáles son los requisitos para realizarlo?
-
Formato
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Descripción
- Debidamente llenado
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Identificación Oficial de la Persona Física
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Cédula Profesional
- Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)
- Credencial para Votar del Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE)
- Licencia de Conducir
- Pasaporte
- Descripción
- - Para el caso de Representante Legal de la Persona Física (Propietario), además se anexará en digital: Carta Poder o Poder Notariado.
- Para el caso de Representante Legal de la Persona Moral (Propietario), además se anexará en digital: Acta Constitutiva o Poder Notariado.
- Para el caso de Copropiedad, además se anexará en digital: Carta firmada por todos los Copropietarios donde autorizan realizar el trámite. - Personas que lo requieren
- Personas físicas
- Presentación
- 1 original
-
Acta Constitutiva
- Descripción
- -Para el caso de Representante Legal de la Persona Moral (Propietario), anexará: Acta Constitutiva o Poder Notariado.
- Personas que lo requieren
- Personas morales
- Presentación
- 1 original
-
Poder Notarial
- Descripción
- -Para el caso de Representante Legal de la Persona Física (Propietario), anexará: Carta Poder o Poder Notariado.
-Para el caso de Representante Legal de la Persona Moral (Propietario), anexará: Acta Constitutiva o Poder Notariado. - Personas que lo requieren
- Personas morales
- Presentación
- 1 original
-
Carta Poder Simple
- Descripción
- -Para el caso de Representante Legal de la Persona Física (Propietario), anexará: Carta Poder o Poder Notariado.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Carta de Corresponsabilidad
- Descripción
- -Para el caso de Copropiedad anexará: Carta de Corresponsabilidad, con firma de todos autorizando realizar el trámite.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Cédula Catastral
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Cédula Catastral
- Descripción
- Cédula Catastral vigente del Predio, expedida en el mismo año de la presente solicitud, o en su caso:
- podrá solicitar el trámite complementario de "Cédula Catastral que corresponda", como actualización a los datos vigentes de la situación registral y catastral del predio, cumpliendo los requisitos y pago de derechos que para tal efecto se determinen. - Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Oficio
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Oficio de Factibilidad de División de Predio
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Constancia de Validación de Planos del Proyecto
- Descripción
- Aplica si los Planos del Proyecto de División y sus Fracciones Resultantes fueron elaborados por Dibujante del Padrón Autorizado
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Manifiesto/Anuencia Relativo al Acceso de Paso
- Descripción
- Para el caso de acceso de paso No Municipalizado, para el ingreso al Predio Origen entre colindantes, además se anexará: Manifiesto o Anuencia Relativo al Acceso de Paso emitido por la Autoridad Legal que corresponda, o Escritura del Predio o Inscripción Vigente que certifique dicho acceso.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Identificación Oficial del Apoderado
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Cédula Profesional
- Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)
- Credencial para Votar del Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE)
- Licencia de Conducir
- Pasaporte
- Descripción
- Identificación Oficial vigente del Tramitador que representa al Propietario o Representante Legal, para la gestión de la presente Solicitud.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Recibo Oficial de Pago
- Descripción
- Comprobantes de pago de los Derechos correspondientes
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Fotografías
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Fotografías
- Descripción
- Se recomienda anexar: Fotografías del Frente del Predio y de construcciones en el predio, a color y vigentes a la fecha de la solicitud.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 copia simple
Costo
Variable
Costo por expedición del Oficio $64.00 por cada fracción resultante de la división del predio, y cuando aplique, otros derechos por trámites complementarios que están sujetos a la revisión de requisitos en ventanilla y al Oficio de Factibilidad de División. ¿Cuáles son las opciones para pagar?
-En cajas AAFY:
Efectivo
Tarjetas bancarias
Cheque
Línea de Captura
-Transferencia electrónica
-En línea a través de la Plataforma de AAFY
-Pago con línea de referencia en OXXO
Efectivo
Tarjetas bancarias
Cheque
Línea de Captura
-Transferencia electrónica
-En línea a través de la Plataforma de AAFY
-Pago con línea de referencia en OXXO
¿En qué momento se debe realizar el pago?
La Solicitud debe pagarse en un término de 5 días hábiles, de lo contrario se DESECHARÁ, y las copias anexadas se destruirán a los 30 días hábiles siguientes a la fecha de la Solicitud.
¿Debo presentar un formato o escrito libre?
Formato de solicitud de Oficio de Proyecto de División del Predio debidamente llenado y con la documentación requisitada.
¿Se realizará inspección o verificación?
-
- Objetivo de la inspección o verificación
- Realizar inspecciones físicas de los predios a dividir o unir con el fin de verificar los puntos plasmados en los planos Validados e identificar si los accesos de comunicación son los correctos.
- Requisitos o documentos se debe tener cuando se realice la inspección o verificación
- Identificación oficial vigente
¿Qué documentos están relacionados al trámite o servicio?
¿Existen observaciones adicionales?
Deben presentarse en Documento Electrónico a color: "un archivo PDF exclusivo para Planos" y "otro archivo PDF exclusivo para los demás documentos"; ambos archivos deberán adjuntarse en la Plataforma del Sistema de Servicios Catastrales en Línea al momento de realizar su solicitud.
Los DOCUMENTOS ORIGINALES, para cumplimiento de todos los requisitos, DEBEN SER ESCANEADOS A COLOR, y presentados en forma legible que permita su lectura en medios electrónicos e impresos, y sin enmendaduras o alteraciones que impida tener certeza jurídica de su validez.
*La persona autorizada como tramitador en la presente solicitud, deberá ser quien realice la solicitud en la Plataforma de Servicios Catastrales en Línea.
El pago de Derecho aplicable a la Solicitud es por la expedición del Oficio por cada fracción resultante de la división del predio
Las fracciones resultantes de división, deberán de cumplir con lo preceptuado por las disposiciones legales correspondientes, respecto a la superficie mínima, acceso a la vía Pública y demás condiciones.
Toda asignación de nomenclatura a fracciones resultante de división queda sujeta a trabajos de Diligencia para Verificación Física del Predio, para cuando al establecerse una nomenclatura, ésta se asigne en una calle distinta a la de su predio origen.
Toda SOLICITUD SUSPENDIDA por causa imputable al Usuario SERÁ NOTIFICADA debidamente fundada y motivada, y por única ocasión, a través de la PLATAFORMA DE "SERVICIOS CATASTRALES EN LÍNEA y a través del CORREO ELECTRÓNICO PERSONAL del Usuario registrado ante el INSEJUPY.
Para Solicitudes Canceladas o Desechadas, el pago de derecho ejercido no será sujeto a devolución, incluyendo el caso de que el dictamen emitido por el trámite sea NO PROCEDENTE
La Dirección de Catastro podrá verificar los datos asentados en las manifestaciones de que se trate y cuando no coincidan dichos datos con las características reales del inmueble, se realizarán los trabajos catastrales adicionales, siendo el propietario responsable del pago de derechos que cause el servicio.
La ENTREGA DEL PRODUCTO RESULTANTE de la Solicitud será notificado a los 20 días hábiles, al CORREO ELECTRÓNICO PERSONAL manifestado por el Usuario, y podrá ser descargado en formato electrónico desde la PLATAFORMA DE "SERVICIOS CATASTRALES EN LÍNEA" en la página Web http://www.insejupy.gob.mx:8040/SGC/Servicios
Los DOCUMENTOS ORIGINALES, para cumplimiento de todos los requisitos, DEBEN SER ESCANEADOS A COLOR, y presentados en forma legible que permita su lectura en medios electrónicos e impresos, y sin enmendaduras o alteraciones que impida tener certeza jurídica de su validez.
*La persona autorizada como tramitador en la presente solicitud, deberá ser quien realice la solicitud en la Plataforma de Servicios Catastrales en Línea.
El pago de Derecho aplicable a la Solicitud es por la expedición del Oficio por cada fracción resultante de la división del predio
Las fracciones resultantes de división, deberán de cumplir con lo preceptuado por las disposiciones legales correspondientes, respecto a la superficie mínima, acceso a la vía Pública y demás condiciones.
Toda asignación de nomenclatura a fracciones resultante de división queda sujeta a trabajos de Diligencia para Verificación Física del Predio, para cuando al establecerse una nomenclatura, ésta se asigne en una calle distinta a la de su predio origen.
Toda SOLICITUD SUSPENDIDA por causa imputable al Usuario SERÁ NOTIFICADA debidamente fundada y motivada, y por única ocasión, a través de la PLATAFORMA DE "SERVICIOS CATASTRALES EN LÍNEA y a través del CORREO ELECTRÓNICO PERSONAL del Usuario registrado ante el INSEJUPY.
Para Solicitudes Canceladas o Desechadas, el pago de derecho ejercido no será sujeto a devolución, incluyendo el caso de que el dictamen emitido por el trámite sea NO PROCEDENTE
La Dirección de Catastro podrá verificar los datos asentados en las manifestaciones de que se trate y cuando no coincidan dichos datos con las características reales del inmueble, se realizarán los trabajos catastrales adicionales, siendo el propietario responsable del pago de derechos que cause el servicio.
La ENTREGA DEL PRODUCTO RESULTANTE de la Solicitud será notificado a los 20 días hábiles, al CORREO ELECTRÓNICO PERSONAL manifestado por el Usuario, y podrá ser descargado en formato electrónico desde la PLATAFORMA DE "SERVICIOS CATASTRALES EN LÍNEA" en la página Web http://www.insejupy.gob.mx:8040/SGC/Servicios
Cómo lo realizo
¿Cuáles son los pasos para realizarlo?
El Servicio está disponible los días hábiles de Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hrs.
- Ingrese a los Servicios Catastrales en Línea insejupy.gob.mx:8040/SGC/Servicios
- Capture su usuario y contraseña.
- Seleccione la operación que desea realizar.
- Capture los datos del predio.
- Adjunte el archivo Pdf con todos los requisitos que solicita el trámite o servicio a realizar, incluido el Formato de solicitud.
- Realice el pago en línea en la plataforma de pagos AAFY o acuda con el número de referencia que se encuentra en la Hoja de referencia, a alguna Caja recaudadora AAFY.
- Reciba un correo electrónico con su número de solicitud. Podrá consultar el estatus de su trámite con el número de su solicitud en la página
insejupy.gob.mx:8040/DOCUMENTOSRPP/Seguimiento - Reciba su documento catastral electrónico con la resolución al correo electrónico proporcionado en su Registro.
Ventanilla Única Estatal:
- Tome su turno
- Espere a ser llamado por un asesor.
- Solicite la asesoría para el trámite correspondiente. Recuerde que deberá contar con una cuenta de correo personal para proceder con su atención.
- Usted podrá dar seguimiento a su trámite directamente en el servicio "Consulta y seguimiento de solicitudes de RPP y Catastro" en el link siguiente: insejupy.gob.mx:8040/DOCUMENTOSRPP/Seguimiento
¿Cuáles son las opciones para realizarlo?
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Ventanilla Única EstatalAv. Circuito Colonias C. 4, Col. Cortés Sarmiento (Interior Plaza Oriente, Local núm. 06)Municipio: MéridaHorario: De lunes a viernes de 09:00 a 16:00 hrs y sábados de 09:00 a 13: 00 hrs.Teléfono: (999) 930 30 00 y lada sin costo (800) 999 90 00Plaza Oriente
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Ventanilla Única EstatalC. 45 No. 492 x 62 y 64. Tizimín.Municipio: TizimínHorario: Lunes a viernes de 09:00 a 16:00 horas y Sábados de 09:00 a 13:00 horas.Teléfono: (999) 930 30 00 y lada sin costo (800) 999 90 00(Frente al Zoológico)
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Ventanilla Única EstatalCalle 20 Número 104 a por 23 y 25 Col. México NorteMunicipio: MéridaHorario: De Lunes a Viernes de 9:00 a.m. a 16:00 p.m. y Sábados de 09:00 a 13:00 hrsTeléfono: (999) 930 30 00 y Lada sin costo (800) 999 90 00Local 40 y 41
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Ventanilla Única EstatalCalle 53 Centro s/n por 50 y 52 Col. CentroMunicipio: TekaxHorario: Lunes a viernes de 9:00 a.m. a 4:00 p.m., sábados de 9:00 a.m. a 1:00 pm.Teléfono: (999) 930 30 00 y Lada sin costo (800) 999 90 00Tekax
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Ventanilla Única EstatalLocal 84 - Av. Correa Rachó, Col. Díaz Ordaz, C.P. 97130 Mérida, Yucatán.Municipio: MéridaHorario: Lunes a viernes de 9:00 a.m. a 4:00 p.m. Sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.Teléfono: (999) 930 30 10, Ext. 20552Plaza Fiesta (Oficina Central)
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Ventanilla Única EstatalLocal A-6 y 7. Calle 21 #327 entre 50 y 52, Col. Miguel Hidalgo, C.P. 97229 Mérida, Yucatán.Municipio: MéridaHorario: Lunes a viernes de 9:00 a.m. a 4:00 p.m. Sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.Teléfono: (999 ) 930 30 10, Ext. 20562Plaza Las Américas
¿Cuánto tiempo toma realizarlo?
20 días hábiles
¿Pueden rechazar mi trámite o servicio?
La solicitud deberá presentar los requisitos completos.
Toda Solicitud debe ser pagada en un término de 5 días hábiles, en caso contrario será DESECHADA, y por seguridad del Usuario, todas las copias del expediente proporcionadas serán destruidas a los 30 días hábiles siguientes a la fecha de la Solicitud.
El tiempo para atender la solicitud entra en vigor a partir de la fecha programada para realizar la diligencia confirmada con el Usuario.
Recibida la solicitud, si en el análisis técnico de los requisitos, se constatan errores, inconsistencias en datos y/o no se cumple con alguno de los lineamientos señalados en el Reglamento de la Ley del INSEJUPY o Leyes aplicables en la materia, la solicitud será SUSPENDIDA, notificándose al Usuario el hallazgo observado, términos y requerimientos para su atención.
Toda Solicitud debe ser pagada en un término de 5 días hábiles, en caso contrario será DESECHADA, y por seguridad del Usuario, todas las copias del expediente proporcionadas serán destruidas a los 30 días hábiles siguientes a la fecha de la Solicitud.
El tiempo para atender la solicitud entra en vigor a partir de la fecha programada para realizar la diligencia confirmada con el Usuario.
Recibida la solicitud, si en el análisis técnico de los requisitos, se constatan errores, inconsistencias en datos y/o no se cumple con alguno de los lineamientos señalados en el Reglamento de la Ley del INSEJUPY o Leyes aplicables en la materia, la solicitud será SUSPENDIDA, notificándose al Usuario el hallazgo observado, términos y requerimientos para su atención.
Si no recibió una respuesta por parte de la autoridad estatal, o se encuentra inconforme con la que recibió, consulte la información sobre los medios de impugnación y la negativa ficta.
¿Se aplica la afirmativa ficta?
No