Oficio de Ubicación, Deslinde y Marcación del predio (En línea)
Homoclave:
INSEJUPY-1328
Última actualización:
8 de septiembre de 2023
Trámite para:
Personas físicas, personas morales
Iniciar y terminar de forma digital, es decir, puede enviarse la resolución a través de un medio electrónico.
Descripción
Permite obtener un Oficio Digital para hacer constar el resultado y la información que resulta de la diligencia de deslinde catastral, ubicación y marcación de un predio.
Trámite de: Dirección del Catastro del INSEJUPY
Contacto
999 930 30 25 Extensiones: 53272, 53267, 53274, 53289, 53286, 53299
catastro@insejupy.gob.mx
catastro@insejupy.gob.mx
*No requiere cita
En qué consiste
¿Qué resolutivo obtendré al realizar el trámite o servicio?
Oficio Digital
¿Cuándo debo realizarlo?
Permanente
¿Cuál es la vigencia del resolutivo que obtendré?
Se considera vigente el último Oficio emitido
¿Cuál es regulación que le aplica al trámite o servicio?
-
- Artículos relacionados
- Articulos 129, 147, 169, 235, 236
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
-
- Artículos relacionados
- Art. 126, 127 fracción XXXII y XXXIII, 129, 130, 133, 146, 147, 148, 149, 169, 212
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
- Requisitos
- Presentación de solicitud
-
- Artículos relacionados
- Artículo 29
- Conceptos regulados
- Presentación de solicitud
- Información o documentación para la inspección
-
- Artículos relacionados
- Art. 68 fracción V párrafo primero,
- Artículo 68 fracción V
- Artículo 68 Fracción III inciso b
- Conceptos regulados
- Costo
Qué necesito
¿Cuáles son los requisitos para realizarlo?
-
Identificación Oficial de la Persona Física
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Cédula Profesional
- Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)
- Credencial para Votar del Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE)
- Licencia de Conducir
- Pasaporte
- Personas que lo requieren
- Personas físicas
- Presentación
- 1 original
-
Formato
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Descripción
- Debidamente llenado
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Acta Constitutiva
- Descripción
- -Para el caso de Representante Legal de la Persona Moral (Propietario), anexará: Acta Constitutiva o Poder Notariado.
- Personas que lo requieren
- Personas morales
- Presentación
- 1 original
-
Poder Notarial
- Descripción
- -Para el caso de Representante Legal de la Persona Física (Propietario), anexará: Carta Poder o Poder Notariado.
-Para el caso de Representante Legal de la Persona Moral (Propietario), anexará: Acta Constitutiva o Poder Notariado. - Personas que lo requieren
- Personas morales
- Presentación
- 1 original
-
Carta Poder Simple
- Descripción
- -Para el caso de Representante Legal de la Persona Física (Propietario), anexará: Carta Poder o Poder Notariado.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Carta de Corresponsabilidad
- Descripción
- -Para el caso de Copropiedad anexará: Carta firmada por todos los Copropietarios donde autorizan realizar el trámite.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Cédula Catastral
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Cédula Catastral
- Descripción
- Que contenga los últimos datos registrales vigentes ante el Registro Público. Aplica solo a predios cuya última cédulas vigente haya sido emitida antes de octubre de 2018.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Escritura Pública
- Descripción
- Escritura del Predio (aplica solo para escrituras que hayan sido emitidas antes del 2021), donde se describe medidas y colindancias, incluyendo las Generales de los Propietarios.
A falta de este requisito anexar:
Inscripción Vigente Certificada, que contenga la descripción del predio, emitida por el Registro Público de la Propiedad. - Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Plano Catastral
- Descripción
- Plano Catastral Vigente
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Identificación Oficial del Apoderado
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Cédula Profesional
- Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)
- Credencial para Votar del Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE)
- Licencia de Conducir
- Pasaporte
- Descripción
- Toda persona en carácter de TRAMITADOR, en representación del Propietario o Representante Legal, deberá anexar: Identificación Oficial vigente,
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Recibo Oficial de Pago
- Descripción
- Comprobantes de los Derechos de pago correspondientes
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
¿Cuál es el costo?
Variable
Costo por expedición de Oficio $149.00, por Investigación documental $746.00, por Diligencia $595.00, por Kilómetro recorrido en diligencias $12.00 (considerando como punto de partida las oficinas del Catastro del INSEJUPY), por Trabajo de Topografía (ver Tabla de Costos por rango de superficie hectárea), y por la Elaboración de Plano Topográfico (ver Tabla de Costos por rango de superficie en metros cuadrados o hectárea), y cuando aplique, otros derechos por trámites complementarios que están sujetos a la revisión de requisitos en ventanilla y/o al dictamen de las diligencias. ¿Cuáles son las formas de pago?
- Efectivo
- Tarjeta de crédito
- Tarjeta de débito
- Cheque simple: 012914002009271475
- Cheque certificado: 012914002009271475
- SPEI Referenciado (Transferencia Bancaria): 012914002009271475
¿Dónde puedo pagar?
- Cajas de Cobro de la dependencia o entidad
- Oficinas Recaudadoras de la AAFY ubicadas en la dependencia o entidad
- Oficinas Recaudadoras de la AAFY ubicadas en la Ventanilla Única Estatal y USE
- Oficinas Recaudadoras de la AAFY en ubicadas en los municipios del Interior del estado.
- Comercios y Establecimientos autorizados por AAFY
- Cajero Inteligente ubicados en las Ventanillas Únicas Estatales
¿Cuál es la vigencia de la línea de captura para el pago?
La Solicitud debe pagarse en un término de 5 días
¿En qué momento debo realizar el pago?
Cada hoja de presupuesto tiene vencimiento por lo que debe pagarse durante ese período ya que vencido requerirá otro formato.
¿Requiere inspección o verificación este trámite o servicio?
Sí
¿Cuál es la inspección o verificación que aplica?
-
- Objetivo de la inspección o verificación
- Realizar levantamiento topográfico para manifestar en planos la existencias de mejoras en la construcción, así como poder determinar la ubicación en el caso de ser requerido; con la finalidad de mantener actualizado el predio catastralmente.
- ¿Qué documentación debo presentar en la inspección o verificación?
-
Identificación Oficial del Beneficiario
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)
- Credencial para Votar del Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE)
- Licencia de Conducir
- Pasaporte
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
¿Qué formatos o escritos libres debo presentar?
¿Qué debo considerar al realizar el trámite o servicio?
Todos los requisitos deben presentarse en Documento Electrónico a color: "un archivo PDF exclusivo para Planos" y "otro archivo PDF exclusivo para los demás documentos"; ambos archivos deberán adjuntarse en la Plataforma del Sistema de Servicios Catastrales en Línea al momento de realizar su solicitud.
Los DOCUMENTOS ORIGINALES, para cumplimiento de todos los requisitos, DEBEN SER ESCANEADOS A COLOR, y presentados en forma legible que permita su lectura en medios electrónicos e impresos, y sin enmendaduras o alteraciones que impida tener certeza jurídica de su validez.
*La persona autorizada como tramitador en la presente solicitud, deberá ser quien realice la solicitud en la Plataforma de Servicios Catastrales en Línea.
El pago de Derecho aplicable a la Solicitud es por expedición de Oficio, Investigación Documental, por Diligencia de verificación, por Kilómetro recorrido (considerando como punto de partida las oficinas del Catastro del INSEJUPY), por cada Punto de Posicionamiento Geográfico de Referencia inicial para el Marcaje, por Trabajo Topográfico, y por la Elaboración de Plano Topográfico, conforme a lo descrito en la Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán del año en curso, y cuando aplique, otros derechos relacionados a trámites complementarios que están sujetos a la revisión de requisitos y/o al dictamen de las diligencias.
El tiempo para atender la solicitud entra en vigor a partir de la visita de Diligencia de Levantamiento Inicial.
DAR SEGUIMIENTO A LA SOLICITUD en la página WEB: http://www.insejupy.gob.mx/, o desde la PLATAFORMA DE "SERVICIOS CATASTRALES EN LÍNEA".
La visita al predio será confirmada vía telefónica y/o correo electrónico, y un (1) día antes a la diligencia se confirmará la cita previamente agendada.
Para toda cita no confirmada por el Usuario, la Dirección de Catastro se reserva el derecho de reagendar cita conforme a la carga de trabajo.
La POLÍTICA DE ESPERA en el lugar de cita o punto de reunión es de 15 minutos.
Cuando se requieran trámites seriados correlacionados al mismo criterio de la solicitud, este requerimiento deberá ser validada por el Asesor Catastral.
Si no se garantiza acceso al predio en fecha y hora confirmada, por causa imputable al Usuario (Propietario, Representante o Tramitador), imposibilitando realizar la verificación o trabajos técnicos, se procederá a expedir informe que corresponda a las circunstancias observadas en la visita, siendo el Propietario responsable de la no resolución de la solicitud.
Cuando se consideren trámites complementarios a la solicitud, el tiempo de atención se verá incrementado en función de los tiempos de atención de los trámites complementarios.
El Usuario será notificado cuando se determinen trámites complementarios a la solicitud, como resultado de la revisión de requisitos, del análisis técnico, legal o jurídico, y/o del dictamen de diligencia de la visita física del predio.
El Propietario o su Representante Legal del predio, es responsable del pago de derechos que se causen por trámites complementarios y/o por diligencia de verificación y kilometraje que aplique, para cuando se requiera o se acuerde con el Usuario "Revisitas del Predio" o "Reprogramación de Citas".
Además de la Diligencia de Levantamiento Inicial y la Diligencias de Verificación de Medidas y Colindancias Físicas, dada las circunstancias del predio, la resolución de la presente solicitud puede estar sujeta a más diligencias o punto de posicionamiento geográfico de referencia al marcaje, como parte del análisis técnico de campo en acuerdo con el Propietario o Representante Legal, para continuar los trabajos de topografía para la Ubicación, Deslinde y Marcación de Predio.
Recibida la solicitud, si en el análisis técnico de los requisitos o posterior a la visita física del predio, se constatan errores, inconsistencias en datos y/o no se cumple con alguno de los lineamientos señalados en el Reglamento de la Ley del INSEJUPY o Leyes aplicables en la materia, la solicitud será SUSPENDIDA, notificándose al Usuario el hallazgo observado, términos y requerimientos para su atención.
Toda SOLICITUD SUSPENDIDA por causa imputable al Usuario SERÁ NOTIFICADA debidamente fundada y motivada, y por única ocasión, a través de la PLATAFORMA DE "SERVICIOS CATASTRALES EN LÍNEA" y a través del CORREO ELECTRÓNICO PERSONAL DEL USUARIO registrado ante el INSEJUPY.
El periodo de TIEMPO DE SUSPENSIÓN de la solicitud será determinado por la Dirección del Catastro e informado al Usuario. El tiempo compromiso de atención reanudará hasta que el Usuario haya atendido y notificado los requerimientos a la Dirección del Catastro.
En Solicitudes Canceladas o Desechadas, el pago de derecho ya ejercido no es sujeto a devolución, incluyendo el caso de que el dictamen del trámite sea NO PROCEDENTE.
La Dirección de Catastro podrá verificar los datos asentados en las manifestaciones de que se trate y cuando no coincidan dichos datos con las características reales del inmueble, se realizarán los trabajos catastrales adicionales, siendo el propietario responsable del pago de derechos que cause el servicio.
Si durante la diligencia, se detectan diferencias en la información catastral vigente del predio no manifestadas ante el Catastro, en cumplimiento al Artículo 129 y 165 fracciones II, III, IV, V y VI de la Ley que crea el INSEJUPY y Artículo 133 de su Reglamento, cuando aplique, ésta será notificada al calce del documento oficial que se emita, quedando todo trámite posterior condicionado a su cumplimiento.
Toda diligencia podrá ser suspendida por causa de fuerza mayor, por hallazgo observado imputable al Usuario que impide la resolución del trámite o por condiciones inseguras que ponga en riesgo la salud y seguridad del personal durante los trabajos de campo en el predio.
En caso de requerirse diligencias adicionales derivadas de los puntos anteriores: 20, 21 y 22, la Dirección de Catastro notificará al Usuario para dar continuidad al servicio previo cumplimiento de los requisitos acordados.
La ENTREGA DEL PRODUCTO RESULTANTE del trámite será notificado a los 20 días hábiles, al CORREO ELECTRÓNICO PERSONAL manifestado por el Usuario, y podrá ser descargado en formato electrónico desde la PLATAFORMA DE "SERVICIOS CATASTRALES EN LÍNEA" en la página Web http://www.insejupy.gob.mx:8040/SGC/Servicios
Los DOCUMENTOS ORIGINALES, para cumplimiento de todos los requisitos, DEBEN SER ESCANEADOS A COLOR, y presentados en forma legible que permita su lectura en medios electrónicos e impresos, y sin enmendaduras o alteraciones que impida tener certeza jurídica de su validez.
*La persona autorizada como tramitador en la presente solicitud, deberá ser quien realice la solicitud en la Plataforma de Servicios Catastrales en Línea.
El pago de Derecho aplicable a la Solicitud es por expedición de Oficio, Investigación Documental, por Diligencia de verificación, por Kilómetro recorrido (considerando como punto de partida las oficinas del Catastro del INSEJUPY), por cada Punto de Posicionamiento Geográfico de Referencia inicial para el Marcaje, por Trabajo Topográfico, y por la Elaboración de Plano Topográfico, conforme a lo descrito en la Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán del año en curso, y cuando aplique, otros derechos relacionados a trámites complementarios que están sujetos a la revisión de requisitos y/o al dictamen de las diligencias.
El tiempo para atender la solicitud entra en vigor a partir de la visita de Diligencia de Levantamiento Inicial.
DAR SEGUIMIENTO A LA SOLICITUD en la página WEB: http://www.insejupy.gob.mx/, o desde la PLATAFORMA DE "SERVICIOS CATASTRALES EN LÍNEA".
La visita al predio será confirmada vía telefónica y/o correo electrónico, y un (1) día antes a la diligencia se confirmará la cita previamente agendada.
Para toda cita no confirmada por el Usuario, la Dirección de Catastro se reserva el derecho de reagendar cita conforme a la carga de trabajo.
La POLÍTICA DE ESPERA en el lugar de cita o punto de reunión es de 15 minutos.
Cuando se requieran trámites seriados correlacionados al mismo criterio de la solicitud, este requerimiento deberá ser validada por el Asesor Catastral.
Si no se garantiza acceso al predio en fecha y hora confirmada, por causa imputable al Usuario (Propietario, Representante o Tramitador), imposibilitando realizar la verificación o trabajos técnicos, se procederá a expedir informe que corresponda a las circunstancias observadas en la visita, siendo el Propietario responsable de la no resolución de la solicitud.
Cuando se consideren trámites complementarios a la solicitud, el tiempo de atención se verá incrementado en función de los tiempos de atención de los trámites complementarios.
El Usuario será notificado cuando se determinen trámites complementarios a la solicitud, como resultado de la revisión de requisitos, del análisis técnico, legal o jurídico, y/o del dictamen de diligencia de la visita física del predio.
El Propietario o su Representante Legal del predio, es responsable del pago de derechos que se causen por trámites complementarios y/o por diligencia de verificación y kilometraje que aplique, para cuando se requiera o se acuerde con el Usuario "Revisitas del Predio" o "Reprogramación de Citas".
Además de la Diligencia de Levantamiento Inicial y la Diligencias de Verificación de Medidas y Colindancias Físicas, dada las circunstancias del predio, la resolución de la presente solicitud puede estar sujeta a más diligencias o punto de posicionamiento geográfico de referencia al marcaje, como parte del análisis técnico de campo en acuerdo con el Propietario o Representante Legal, para continuar los trabajos de topografía para la Ubicación, Deslinde y Marcación de Predio.
Recibida la solicitud, si en el análisis técnico de los requisitos o posterior a la visita física del predio, se constatan errores, inconsistencias en datos y/o no se cumple con alguno de los lineamientos señalados en el Reglamento de la Ley del INSEJUPY o Leyes aplicables en la materia, la solicitud será SUSPENDIDA, notificándose al Usuario el hallazgo observado, términos y requerimientos para su atención.
Toda SOLICITUD SUSPENDIDA por causa imputable al Usuario SERÁ NOTIFICADA debidamente fundada y motivada, y por única ocasión, a través de la PLATAFORMA DE "SERVICIOS CATASTRALES EN LÍNEA" y a través del CORREO ELECTRÓNICO PERSONAL DEL USUARIO registrado ante el INSEJUPY.
El periodo de TIEMPO DE SUSPENSIÓN de la solicitud será determinado por la Dirección del Catastro e informado al Usuario. El tiempo compromiso de atención reanudará hasta que el Usuario haya atendido y notificado los requerimientos a la Dirección del Catastro.
En Solicitudes Canceladas o Desechadas, el pago de derecho ya ejercido no es sujeto a devolución, incluyendo el caso de que el dictamen del trámite sea NO PROCEDENTE.
La Dirección de Catastro podrá verificar los datos asentados en las manifestaciones de que se trate y cuando no coincidan dichos datos con las características reales del inmueble, se realizarán los trabajos catastrales adicionales, siendo el propietario responsable del pago de derechos que cause el servicio.
Si durante la diligencia, se detectan diferencias en la información catastral vigente del predio no manifestadas ante el Catastro, en cumplimiento al Artículo 129 y 165 fracciones II, III, IV, V y VI de la Ley que crea el INSEJUPY y Artículo 133 de su Reglamento, cuando aplique, ésta será notificada al calce del documento oficial que se emita, quedando todo trámite posterior condicionado a su cumplimiento.
Toda diligencia podrá ser suspendida por causa de fuerza mayor, por hallazgo observado imputable al Usuario que impide la resolución del trámite o por condiciones inseguras que ponga en riesgo la salud y seguridad del personal durante los trabajos de campo en el predio.
En caso de requerirse diligencias adicionales derivadas de los puntos anteriores: 20, 21 y 22, la Dirección de Catastro notificará al Usuario para dar continuidad al servicio previo cumplimiento de los requisitos acordados.
La ENTREGA DEL PRODUCTO RESULTANTE del trámite será notificado a los 20 días hábiles, al CORREO ELECTRÓNICO PERSONAL manifestado por el Usuario, y podrá ser descargado en formato electrónico desde la PLATAFORMA DE "SERVICIOS CATASTRALES EN LÍNEA" en la página Web http://www.insejupy.gob.mx:8040/SGC/Servicios
Cómo y dónde lo realizo
¿Cuáles son los pasos para realizarlo?
¿Cómo lo realizo en línea?
- Dar clic en el botón "Iniciar trámite"
- Seleccionar la operación a realizar
- Capturar la Información del Predio
- Seleccionar el Ícono "+"
- Esperar y recibir el presupuesto generado por el área
- Revisar los conceptos a pagar
- Realizar el pago por el importe correspondiente
- Consultar y Dar seguimiento a la Solicitud
¿A dónde puedo acudir para realizarlo?
-
Ventanilla Única EstatalAv. Circuito Colonias C. 4, Col. Cortés Sarmiento (Interior Plaza Oriente, Local núm. 06)Municipio: MéridaHorario: De lunes a viernes de 09:00 a 16:00 hrs y sábados de 09:00 a 13: 00 hrs.Teléfono: (999) 930 30 00 y lada sin costo (800) 999 90 00Plaza Oriente
-
Ventanilla Única EstatalC. 45 No. 492 x 62 y 64. Tizimín.Municipio: TizimínHorario: Lunes a viernes de 09:00 a 16:00 horas y Sábados de 09:00 a 13:00 horas.Teléfono: (999) 930 30 00 y lada sin costo (800) 999 90 00(Frente al Zoológico)
-
Ventanilla Única EstatalCalle 20 Número 104 a por 23 y 25 Col. México NorteMunicipio: MéridaHorario: De Lunes a Viernes de 9:00 a.m. a 16:00 p.m. y Sábados de 09:00 a 13:00 hrsTeléfono: (999) 930 30 00 y Lada sin costo (800) 999 90 00Local 40 y 41
-
Ventanilla Única EstatalCalle 53 Centro s/n por 50 y 52 Col. CentroMunicipio: TekaxHorario: Lunes a viernes de 9:00 a.m. a 4:00 p.m., sábados de 9:00 a.m. a 1:00 pm.Teléfono: (999) 930 30 00 y Lada sin costo (800) 999 90 00Tekax
-
Ventanilla Única EstatalLocal 84 - Av. Correa Rachó, Col. Díaz Ordaz, C.P. 97130 Mérida, Yucatán.Municipio: MéridaHorario: Lunes a viernes de 9:00 a.m. a 4:00 p.m. Sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.Teléfono: (999) 930 30 10, Ext. 20552Plaza Fiesta (Oficina Central)
-
Ventanilla Única EstatalLocal A-6 y 7. Calle 21 #327 entre 50 y 52, Col. Miguel Hidalgo, C.P. 97229 Mérida, Yucatán.Municipio: MéridaHorario: Lunes a viernes de 9:00 a.m. a 4:00 p.m. Sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.Teléfono: (999 ) 930 30 10, Ext. 20562Plaza Las Américas
¿Cuál es el tiempo máximo para obtener respuesta?
20 días hábiles
¿Pueden rechazar mi trámite o servicio?
Si, en caso de que la solicitud no presente los requisitos
Toda Solicitud debe ser pagada en un término de 5 días hábiles, en caso contrario será DESECHADA, y por seguridad del Usuario, todas las copias del expediente proporcionadas serán destruidas a los 30 días hábiles siguientes a la fecha de la Solicitud.
El tiempo para atender la solicitud entra en vigor al día siguiente de haber realizado el pago en las Cajas de AAFY.
Recibida la solicitud, si en el análisis técnico de los requisitos o posterior a la visita física del predio, se constatan errores, inconsistencias en datos y/o no se cumple con alguno de los lineamientos señalados en el Reglamento de la Ley del INSEJUPY o Leyes aplicables en la materia, la solicitud será SUSPENDIDA, notificándose al Usuario el hallazgo observado, términos y requerimientos para su atención.
Toda Solicitud debe ser pagada en un término de 5 días hábiles, en caso contrario será DESECHADA, y por seguridad del Usuario, todas las copias del expediente proporcionadas serán destruidas a los 30 días hábiles siguientes a la fecha de la Solicitud.
El tiempo para atender la solicitud entra en vigor al día siguiente de haber realizado el pago en las Cajas de AAFY.
Recibida la solicitud, si en el análisis técnico de los requisitos o posterior a la visita física del predio, se constatan errores, inconsistencias en datos y/o no se cumple con alguno de los lineamientos señalados en el Reglamento de la Ley del INSEJUPY o Leyes aplicables en la materia, la solicitud será SUSPENDIDA, notificándose al Usuario el hallazgo observado, términos y requerimientos para su atención.
Si no recibió una respuesta por parte de la autoridad estatal, o se encuentra inconforme con la que recibió, consulte la información sobre los medios de impugnación y la negativa ficta.