Consulta de Tomo o Información del Predio
Consulta Del Acervo Registral
Homoclave:
INSEJUPY-1382
Última actualización:
31 de enero de 2024
Servicio para:
Personas físicas, personas morales
Iniciar y terminar de forma digital, es decir, puede enviarse la resolución a través de un medio electrónico.
Descripción
Permite a los Usuarios tener acceso al Sistema registral informático a través de la página www.insejupy.gob.mx
Servicio de: Dirección del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del INSEJUPY
Contacto
999 930 30 20 / 800 10 800 10
registro.publico@insejupy.gob.mx
registro.publico@insejupy.gob.mx
En qué consiste
¿Qué resolutivo obtendré al realizar el trámite o servicio?
Consulta electrónica
¿Cuándo debo realizarlo?
Permanente
¿Cuál es la vigencia del resolutivo que obtendré?
La consulta del tomo o el Sistema presenta lo último inscrito en la Dirección de Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
¿Cuál es regulación que le aplica al trámite o servicio?
-
- Artículos relacionados
- Artículos 13, 122
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
Qué necesito
¿Cuáles son los requisitos para realizarlo?
-
Solicitud
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Solicitud en Línea
- Descripción
- Debe contar con acceso a internet.
Seleccione la opción por medio del cual prefiere buscar tomo o predio. Debe llenar la información que le solicita el formato como denominación, antecedente registral, (folio, tomo, volumen, libro y/o folio civil), número de inscripción, acto (asamblea, constitución, poder). - Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
¿Cuál es el costo?
Gratuito
¿Requiere inspección o verificación este trámite o servicio?
No
Cómo y dónde lo realizo
¿Cuáles son los pasos para realizarlo?
¿Cómo lo realizo en línea?
- Ingresar al portal en línea y capturar usuario y contraseña
- Seleccionar la operación a realizar
- Capturar la Información del predio
¿Cuál es el tiempo máximo para obtener respuesta?
20 minutos
¿Pueden rechazar mi trámite o servicio?
Si, en caso de no realizar los pasos correctamente en el Sistema.
Si no recibió una respuesta por parte de la autoridad estatal, o se encuentra inconforme con la que recibió, consulte la información sobre los medios de impugnación y la negativa ficta.
¿Al trámite o servicio aplica la afirmativa ficta o negativa ficta?
Negativa ficta