Búsqueda y difusión de personas no localizadas
Homoclave:
FGE00-47
Última modificación:
1 de marzo de 2023
Trámite para:
Personas físicas
Realizar la gestión total del trámite de forma física en las ventanillas de atención establecidas.
Descripción
Permite Investigar y atender las denuncias o querellas interpuestas por la búsqueda de personas no localizadas en el municipio de Mérida, así como llevar el registro de las personas no localizadas de todo el territorio del Estado.
Contacto
Unidad Especializada en la Búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas
Lic. Noemi Mena Tello, Titular de la Unidad
999 930 32 50 Ext. 41207/41127
Lunes a domingo y días festivos, las 24:00 horas.
busqueda.persona@yucatan.gob.mx
*No requiere cita
En qué consiste
Cuando es interpuesta una denuncia por persona desaparecida
El que indique el ministerio público
El indicado por el ministerio público
Unidad Especializada en el Combate al Secuestro
  • Identificación Oficial de la Persona Física
    Entrega uno de los siguientes documentos
    • Cartilla de Identidad del Servicio Militar Mexicano
    • Credencial para Votar del Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE)
    • Licencia de Conducir
    • Pasaporte
    Descripción
    De la persona que reporta la desaparición
    Personas que lo requieren
    Personas físicas
    Presentación
    1 original, 1 copia simple
  • Acta de Nacimiento
    Descripción
    De la persona No localizada
    Personas que lo requieren
    Personas físicas
    Presentación
    1 original, 1 copia simple
  • Fotografías
    Entrega uno de los siguientes documentos
    • Fotografías
    Descripción
    Reciente de la persona No localizada
    Personas que lo requieren
    Personas físicas y morales
    Presentación
    1 original
Gratuito
Cuando la víctima es localizada y es menor de edad, se le entrega al denunciante previa acreditación del parentesco y en caso de no hacerlo, el menor será puesto a disposición de la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia.

Presencial:

1. Se abre una carpeta de investigación por cada reporte de persona no localizada para realizar las pesquisas necesarias hasta su ubicación

2. Se lleva a cabo la difusión, cuando las circunstancias así lo requieran, a través de los mecanismos idóneos (Alerta Amber y Protocolo Alba).

3. Se solicita la colaboración a través del convenio firmado con las otras procuradurías para que extiendan la búsqueda y difusión correspondiente en sus respectivos Estados, cuando sea necesario.

4. Cuando se trata de hechos registrados en otro Estado, después de realizar las diligencias primarias, se remite la carpeta de investigación a la entidad que corresponda.

  • Fiscalía General del Estado
    Km 45.5 Periférico Poniente
    Municipio: Mérida
    Horario: Lunes a Viernes de 8:00 a 22:00 hrs. Sábados, Domingos y Días Festivos de 9:00 a 16:00 hrs.
    Teléfono: (999) 930 32 50
    Unidad de Búsqueda de Personas
De 10 a 15 minutos.
Si en caso de no contar con la Denuncia o querella presentada ante Ministerio Publico para iniciar el procedimiento de búsqueda y localización.
Si no recibió una respuesta por parte de la autoridad estatal, o se encuentra inconforme con la que recibió, consulte la información sobre los medios de impugnación y la negativa ficta.
No
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