Búsqueda y difusión de personas no localizadas
Trámite de:
Fiscalía General del Estado
Homoclave:
FGE00-47
Última modificación:
1 de marzo de 2023
Trámite para:
Personas físicas
Realizar la gestión total del trámite de forma física en las ventanillas de atención establecidas.
Descripción
Permite Investigar y atender las denuncias o querellas interpuestas por la búsqueda de personas no localizadas en el municipio de Mérida, así como llevar el registro de las personas no localizadas de todo el territorio del Estado.
Contacto
Unidad Especializada en la Búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas
Lic. Noemi Mena Tello, Titular de la Unidad
999 930 32 50 Ext. 41207/41127
Lunes a domingo y días festivos, las 24:00 horas.
busqueda.persona@yucatan.gob.mx
Lic. Noemi Mena Tello, Titular de la Unidad
999 930 32 50 Ext. 41207/41127
Lunes a domingo y días festivos, las 24:00 horas.
busqueda.persona@yucatan.gob.mx
*No requiere cita
En qué consiste
¿En qué caso debo o puedo realizarlo?
Cuando es interpuesta una denuncia por persona desaparecida
¿Cuándo debo realizarlo?
El que indique el ministerio público
¿Cuál es la vigencia del documento o producto obtenido?
El indicado por el ministerio público
¿Cuál es la dirección responsable del trámite o servicio?
Unidad Especializada en el Combate al Secuestro
¿Cuál es la normatividad de este trámite o servicio?
-
- Artículos relacionados
- publicado en el Diario oficial
- Conceptos regulados
- Criterios de resolución
-
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- Publicado en diario oficial
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
-
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- Artículo 3 fracción IV
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
Qué necesito
¿Cuáles son los requisitos para realizarlo?
-
Identificación Oficial de la Persona Física
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Cartilla de Identidad del Servicio Militar Mexicano
- Credencial para Votar del Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE)
- Licencia de Conducir
- Pasaporte
- Descripción
- De la persona que reporta la desaparición
- Personas que lo requieren
- Personas físicas
- Presentación
- 1 original, 1 copia simple
-
Acta de Nacimiento
- Descripción
- De la persona No localizada
- Personas que lo requieren
- Personas físicas
- Presentación
- 1 original, 1 copia simple
-
Fotografías
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Fotografías
- Descripción
- Reciente de la persona No localizada
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
Costo
Gratuito
¿Existen observaciones adicionales?
Cuando la víctima es localizada y es menor de edad, se le entrega al denunciante previa acreditación del parentesco y en caso de no hacerlo, el menor será puesto a disposición de la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia.
Cómo lo realizo
¿Cuáles son los pasos para realizarlo?
Presencial:
1. Se abre una carpeta de investigación por cada reporte de persona no localizada para realizar las pesquisas necesarias hasta su ubicación
2. Se lleva a cabo la difusión, cuando las circunstancias así lo requieran, a través de los mecanismos idóneos (Alerta Amber y Protocolo Alba).
3. Se solicita la colaboración a través del convenio firmado con las otras procuradurías para que extiendan la búsqueda y difusión correspondiente en sus respectivos Estados, cuando sea necesario.
4. Cuando se trata de hechos registrados en otro Estado, después de realizar las diligencias primarias, se remite la carpeta de investigación a la entidad que corresponda.
¿Cuáles son las opciones para realizarlo?
-
Fiscalía General del EstadoKm 45.5 Periférico PonienteMunicipio: MéridaHorario: Lunes a Viernes de 8:00 a 22:00 hrs. Sábados, Domingos y Días Festivos de 9:00 a 16:00 hrs.Teléfono: (999) 930 32 50Unidad de Búsqueda de Personas
¿Cuánto tiempo toma realizarlo?
De 10 a 15 minutos.
¿Pueden rechazar mi trámite o servicio?
Si en caso de no contar con la Denuncia o querella presentada ante Ministerio Publico para iniciar el procedimiento de búsqueda y localización.
Si no recibió una respuesta por parte de la autoridad estatal, o se encuentra inconforme con la que recibió, consulte la información sobre los medios de impugnación y la negativa ficta.
¿Se aplica la afirmativa ficta?
No