Rectificación de Inscripción
Rectificación de Asientos Registrales
Homoclave:
INSEJUPY-1370
Última actualización:
8 de abril de 2024
Trámite para:
Personas físicas, personas morales
Enviar la solicitud y documentación del trámite a fin de que se valide si cumple con los requisitos y condiciones necesarias, para poder iniciar su trámite de forma presencial en la ventanilla o la instancia correspondiente.
Descripción
Permite la rectificación de la inscripción cuando existan errores materiales, errores de omisióno o errores de conceptos, cometidos por esta Dirección y éste pueda ser subsanado sin afectar derechos de terceros.
Trámite de: Dirección del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del INSEJUPY
Contacto
999 930 30 20 / 800 10 800 10
registro.publico@insejupy.gob.mx
registro.publico@insejupy.gob.mx
En qué consiste
¿Qué resolutivo obtendré al realizar el trámite o servicio?
Boleta Electrónica
¿Cuándo debo realizarlo?
Permanente
¿Cuál es la vigencia del resolutivo que obtendré?
Cuando se rectifique la inscripción solicitada.
¿Cuál es regulación que le aplica al trámite o servicio?
-
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- Artículos 44 Fracciones I y II, y 45
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
-
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- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
- Requisitos
-
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- Artículos 59 Fracciones I y VII, y 62
- Conceptos regulados
- Costo
Qué necesito
¿Cuáles son los requisitos para realizarlo?
-
Solicitud
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Escrito Libre
- Descripción
- Escrito libre para la Rectificación debidamente firmada por el propietario. Busque la dirección de su predio. Deberá subir su documentación en orden en formato PDF (pedimento, escritura e INE). Si cuenta con documentos adicionales es importante subirlos en el apartado de otros documentos adicionales.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Identificación Oficial de la Persona Física
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Credencial para Votar del Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE)
- Descripción
- Documento oficial que acredita la identidad del propietario del predio a rectificar.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas
- Presentación
- 1 original
-
Acreditación de la Legal Posesión del Predio
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Título de Propiedad
- Descripción
- Documento en el que proceda la Inscripción (acreditar el error material o de concepto cometido, con la nota del registro firmada por el Registrador o Boleta de Inscripción.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas
- Presentación
- 1 original, 1 copia certificada
¿Cuál es el costo?
Gratuito
¿Requiere inspección o verificación este trámite o servicio?
No
¿Qué debo considerar al realizar el trámite o servicio?
La rectificación de oficio procederá cuando el Registrador detecte por medio de los asientos registrales existentes el error material u omisión y con el acervo existente pueda corregirlo sin afectar derechos de terceros.
INFORMACIÓN PARA EL ESCRITO
Estar firmado por quien solicite la corrección
El solicitante deberá estar legitimado
Señalar nombre, domicilio y demás datos de identificación
Acreditar su carácter
Expresar en que consiste el error
Expresar alegatos que motiven la corrección
INFORMACIÓN PARA EL ESCRITO
Estar firmado por quien solicite la corrección
El solicitante deberá estar legitimado
Señalar nombre, domicilio y demás datos de identificación
Acreditar su carácter
Expresar en que consiste el error
Expresar alegatos que motiven la corrección
Cómo y dónde lo realizo
¿Cuáles son los pasos para realizarlo?
¿Cómo lo realizo en línea?
- Ingresar al portal en línea y capturar usuario y contraseña
- Seleccionar la operación a realizar
- Dar clic en el botón "Iniciar"
- Capturar la Información del predio
- Escanear el documento para adjuntarlo
- Adjuntar la documentación solicitada
- Entregar el comprobante al personal autorizado (acuse, contra-recibo, ticket, etc)
- Consultar y dar seguimiento a la solicitud
- Recibir el resolutivo (documento o respuesta final resultado del trámite o servicio)
¿Cuál es el tiempo máximo para obtener respuesta?
15 Días hábiles
¿Pueden rechazar mi trámite o servicio?
Si, en caso de no cumplir con los requisitos establecidos.
Si no recibió una respuesta por parte de la autoridad estatal, o se encuentra inconforme con la que recibió, consulte la información sobre los medios de impugnación y la negativa ficta.
¿Al trámite o servicio aplica la afirmativa ficta o negativa ficta?
No aplica