Inscripción de embargo, Inscripción de secuestro
Inscripción de autos que ordenen la sujeción de procedimiento ante autoridad derivada de un inmueble
Homoclave:
INSEJUPY-1386
Última actualización:
31 de enero de 2024
Trámite para:
Personas físicas, personas morales
Iniciar y terminar de forma digital, es decir, puede enviarse la resolución a través de un medio electrónico.
Descripción
Permite inscribir los juicios hipotecarios, embargos, secuestros, derechos reales que afecten a un inmueble.
Trámite de: Dirección del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del INSEJUPY
Contacto
999 930 30 20 / 800 10 800 10
registro.publico@insejupy.gob.mx
registro.publico@insejupy.gob.mx
En qué consiste
¿Qué resolutivo obtendré al realizar el trámite o servicio?
Boleta Electrónica
¿Cuándo debo realizarlo?
Permanente
¿Cuál es la vigencia del resolutivo que obtendré?
Inscripción vigente mientras no sea cancelada por mandato de la autoridad ordenadora o de la que legalmente está facultada para conocer el asunto.
¿Cuál es regulación que le aplica al trámite o servicio?
-
- Artículos relacionados
- Artículos 61 fracción V y 71
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
-
- Artículos relacionados
- Artículos 59 fracciones I y II, y 62.
- Conceptos regulados
- Costo
Qué necesito
¿Cuáles son los requisitos para realizarlo?
-
Oficio
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Oficio de Inscripción de Autos
- Descripción
- Presentar el oficio emitido por la autoridad que ampare la inscripción solicitada.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Recibo Oficial de Pago
- Descripción
- Realizar el pago en línea o presentar documento en el cual se acredita el pago de los derechos del trámite solicitado.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
¿Cuál es el costo?
Variable
$1,264.00 por cada inscripción + $ 196.00 calificación.Cuando es cancelación el costo es de $1,264.00+ $196.00 de calificación.
En caso de haber iniciado su solicitud antes del cambio del valor de la UMA e intentar concluirla en fecha posterior al cambio, deberá cubrir la diferencia de los Derechos correspondientes. Lo cual puede hacerlo en la misma plataforma mediante Pago en línea o con Hoja de referencia.
¿Cuáles son las formas de pago?
- Efectivo
- Tarjeta de crédito
- Tarjeta de débito
- Cheque simple: 012914002009271475
- Cheque certificado: 012914002009271475
- SPEI Referenciado (Transferencia Bancaria): 012914002009271475
¿Dónde puedo pagar?
- Cajas de Cobro de la dependencia o entidad
- Oficinas Recaudadoras de la AAFY ubicadas en la dependencia o entidad
- Oficinas Recaudadoras de la AAFY ubicadas en la Ventanilla Única Estatal y USE
- Oficinas Recaudadoras de la AAFY en ubicadas en los municipios del Interior del estado
- Comercios y Establecimientos autorizados por AAFY
- Kiosco Estatal de Pago ubicados en las Ventanillas Únicas Estatales
- Ventanillas Bancarias y Cajeros Receptores autorizados
- Pago en línea
¿Requiere inspección o verificación este trámite o servicio?
No
Cómo y dónde lo realizo
¿Cuáles son los pasos para realizarlo?
¿Cómo lo realizo en línea?
- Ingresar al portal en línea y capturar usuario y contraseña
- Dar clic en el botón "Iniciar"
- Capturar la Información del predio
- Escanear el documento para adjuntarlo
- Adjuntar la documentación solicitada
- Solicitar la línea de referencia para realizar el pago
- Realizar el pago por el importe correspondiente
- Entregar el comprobante al personal autorizado (acuse, contra-recibo, ticket, etc)
- Consultar y dar seguimiento a la solicitud
- Descargar el resolutivo (documento o respuesta final resultado del trámite o servicio)
¿Cuál es el tiempo máximo para obtener respuesta?
15 días hábiles a partir del ingreso del trámite
20 minutos Tiempo promedio que tarda el ciudadano en realizar su trámite
20 minutos Tiempo promedio que tarda el ciudadano en realizar su trámite
¿Pueden rechazar mi trámite o servicio?
Si, en caso de no cumplir con los requisitos establecidos.
El pago de los derechos debe cubrir los costos vigentes al momento del envío de su solicitud.
El pago de los derechos debe cubrir los costos vigentes al momento del envío de su solicitud.
Si no recibió una respuesta por parte de la autoridad estatal, o se encuentra inconforme con la que recibió, consulte la información sobre los medios de impugnación y la negativa ficta.
¿Al trámite o servicio aplica la afirmativa ficta o negativa ficta?
Negativa ficta