Cédula por Inscripción de Predio de Fundo Legal (En línea)
Homoclave:
INSEJUPY-2376
Última actualización:
8 de septiembre de 2023
Trámite para:
Personas físicas, personas morales
Iniciar y terminar de forma digital, es decir, puede enviarse la resolución a través de un medio electrónico.
Descripción
Permite obtener una Cédula Digital donde el cabildo cerciora que un predio podrá otorgarse a una persona y podrá ser inscribible.
Trámite de: Dirección del Catastro del INSEJUPY
En qué consiste
¿Qué resolutivo obtendré al realizar el trámite o servicio?
Cédula Digital
¿Cuándo debo realizarlo?
Permanente
¿Cuál es la vigencia del resolutivo que obtendré?
Permanente
¿Cuál es regulación que le aplica al trámite o servicio?
-
- Artículos relacionados
- Artículos 129, 147, 165 fracción IX, 176, 235, 236
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
-
- Artículos relacionados
- Artículo 68 Fracción III inciso c)
- Conceptos regulados
- Costo
-
- Artículos relacionados
- Artículo 29
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
- Presentación de solicitud
- Información o documentación para la inspección
-
- Artículos relacionados
- Aertículos 126, 127 fracción I y VII, 129, 133, 208 y 212
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
- Requisitos
- Presentación de solicitud
Qué necesito
¿Cuáles son los requisitos para realizarlo?
-
Formato
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Descripción
- Formato llenado correctamente.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Identificación Oficial del Apoderado
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Cédula Profesional
- Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)
- Credencial para Votar del Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE)
- Licencia de Conducir
- Pasaporte
- Descripción
- Toda persona en carácter de TRAMITADOR, en representación del Propietario o Representante Legal de la Persona Moral, deberá anexar: Identificación Oficial vigente,
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Identificación Oficial de la Persona Física
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Cédula Profesional
- Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)
- Credencial para Votar del Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE)
- Licencia de Conducir
- Pasaporte
- Descripción
- Identificación Oficial vigente del Propietario, copropietarios o Representante legal que contenga datos de CURP.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas
- Presentación
- 1 original
-
Acta Constitutiva
- Descripción
- - Para el caso de Representante Legal de la Persona Moral (Propietario), anexará: Acta Constitutiva o Poder Notariado.
- Personas que lo requieren
- Personas morales
- Presentación
- 1 original
-
Carta de Autorización
- Descripción
- Firmada por todos los Copropietarios, para el caso de Copropiedad.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Carta Poder Simple
- Descripción
- - Para el caso de Representante Legal de la Persona Física (Propietario), anexará: Carta Poder o Poder Notariado.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Carta Poder Notariada
- Descripción
- - Para el caso de Representante Legal de la Persona Física (Propietario), anexará: Carta Poder o Poder Notariado.
- Para el caso de Representante Legal de la Persona Moral (Propietario), anexará: Acta Constitutiva o Poder Notariado. - Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Oficio
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Oficio Asignación de Nomenclatura y Valuación del Predio de Fundo Legal
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Plano de Inscripción del Predio de Fundo Legal
- Descripción
- Aprobado por la Dirección de Catastro con el Oficio Asignación de Nomenclatura y Valuación del Predio de Fundo Legal.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Manifiesto emitido por Fedatario Público (F2) o Autoridad Judicial
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Boleta de Inscripción vigente
- Inscripción Vigente Certificada (emitida por la Dirección del Registro Público de la Propiedad)
- Manifiesto emitido por Fedatario Público (F2) o Autoridad Judicial
- Título de Propiedad (Registradado antes de marzo de 2007)
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Hoja de Referencia para Ubicación del Predio
- Descripción
- Ubicación en la Cartografía Municipal, con Imagen Satelital del “Sistema de Información Geográfica del INSEJUPY”, Google Earth o Google Maps, con Coordenadas Decimales, UTM o DMS; con ruta de llegada y respectivo kilometraje.
*Opcional - Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 copia simple
-
Solicitud
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Solicitud de Cédula por Manifestación de Construcción (Mejora del Predio)
- Descripción
- Solo cuando el predio cuente con construcción.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Recibo Oficial de Pago
- Descripción
- Comprobante del derecho de pago.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
¿Cuál es el costo?
Fijo
Cédula de la Traslación del Dominio $436.00, y cuando aplique, otros derechos relacionado a trámites complementarios que están sujetos a la revisión de requisitos en Ventanilla. ¿Cuáles son las formas de pago?
- Efectivo
- Tarjeta de crédito
- Tarjeta de débito
- Cheque simple: 012914002009271475
- Cheque certificado: 012914002009271475
- SPEI Referenciado (Transferencia Bancaria): 012914002009271475
¿Dónde puedo pagar?
- Cajas de Cobro de la dependencia o entidad
- Oficinas Recaudadoras de la AAFY ubicadas en la dependencia o entidad
- Oficinas Recaudadoras de la AAFY ubicadas en la Ventanilla Única Estatal y USE
- Oficinas Recaudadoras de la AAFY en ubicadas en los municipios del Interior del estado.
- Comercios y Establecimientos autorizados por AAFY
- Kiosco Estatal de Pago ubicados en las Ventanillas Únicas Estatales
- Ventanillas Bancarias y Cajeros Receptores autorizados
- Pago en línea
¿En qué momento debo realizar el pago?
Cada hoja de presupuesto tiene vencimiento por lo que debe pagarse durante ese período ya que vencido requerirá otro formato.
¿Requiere inspección o verificación este trámite o servicio?
No
¿Qué formatos o escritos libres debo presentar?
¿Qué debo considerar al realizar el trámite o servicio?
Para solicitudes en línea, tener en cuenta que todos los requisitos deben presentarse en digital, un archivo en PDF exclusivo para planos y un archivo PDF que contenga los demás documentos requisitos; ambos archivos deberán ser adjuntados al sistema de Gestión Catastral en Línea al momento de realizar su solicitud.
Los documentos originales presentados y/o digitalizados deben ser legibles, sin enmendaduras o alteración que impida tener certeza jurídica de su validez, y deben presentarse en el orden de acuerdo a la numeración del requisito.
Los documentos originales presentados y/o digitalizados deben ser legibles, sin enmendaduras o alteración que impida tener certeza jurídica de su validez, y deben presentarse en el orden de acuerdo a la numeración del requisito.
Cómo y dónde lo realizo
¿Cuáles son los pasos para realizarlo?
¿Cómo lo realizo en línea?
- Dar clic en el botón "Iniciar trámite"
- Seleccionar la operación a realizar
- Capturar la Información del Predio
- Seleccionar el Ícono "+"
- Adjuntar la documentación solicitada
- Revisar los conceptos a pagar
- Realizar el pago por el importe correspondiente
- Consultar y Dar seguimiento a la Solicitud
¿A dónde puedo acudir para realizarlo?
-
Ventanilla Única EstatalAv. Circuito Colonias C. 4, Col. Cortés Sarmiento (Interior Plaza Oriente, Local núm. 06)Municipio: MéridaHorario: De lunes a viernes de 09:00 a 16:00 hrs y sábados de 09:00 a 13: 00 hrs.Teléfono: (999) 930 30 00 y lada sin costo (800) 999 90 00Plaza Oriente
-
Ventanilla Única EstatalC. 45 No. 492 x 62 y 64. Tizimín.Municipio: TizimínHorario: Lunes a viernes de 09:00 a 16:00 horas y Sábados de 09:00 a 13:00 horas.Teléfono: (999) 930 30 00 y lada sin costo (800) 999 90 00(Frente al Zoológico)
-
Ventanilla Única EstatalCalle 20 Número 104 a por 23 y 25 Col. México NorteMunicipio: MéridaHorario: De Lunes a Viernes de 9:00 a.m. a 16:00 p.m. y Sábados de 09:00 a 13:00 hrsTeléfono: (999) 930 30 00 y Lada sin costo (800) 999 90 00Local 40 y 41
-
Ventanilla Única EstatalCalle 53 Centro s/n por 50 y 52 Col. CentroMunicipio: TekaxHorario: Lunes a viernes de 9:00 a.m. a 4:00 p.m., sábados de 9:00 a.m. a 1:00 pm.Teléfono: (999) 930 30 00 y Lada sin costo (800) 999 90 00Tekax
-
Ventanilla Única EstatalLocal 84 - Av. Correa Rachó, Col. Díaz Ordaz, C.P. 97130 Mérida, Yucatán.Municipio: MéridaHorario: Lunes a viernes de 9:00 a.m. a 4:00 p.m. Sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.Teléfono: (999) 930 30 10, Ext. 20552Plaza Fiesta (Oficina Central)
-
Ventanilla Única EstatalLocal A-6 y 7. Calle 21 #327 entre 50 y 52, Col. Miguel Hidalgo, C.P. 97229 Mérida, Yucatán.Municipio: MéridaHorario: Lunes a viernes de 9:00 a.m. a 4:00 p.m. Sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.Teléfono: (999 ) 930 30 10, Ext. 20562Plaza Las Américas
¿Cuál es el tiempo máximo para obtener respuesta?
20 días hábiles
20 minutos Tiempo promedio que tarda el ciudadano en realizar su trámite
20 minutos Tiempo promedio que tarda el ciudadano en realizar su trámite
¿Pueden rechazar mi trámite o servicio?
Si, en caso de que la solicitud no presente los requisitos
Toda Solicitud debe ser pagada en un término de 5 días hábiles, en caso contrario será DESECHADA, y por seguridad del Usuario, todas las copias del expediente proporcionadas serán destruidas a los 30 días hábiles siguientes a la fecha de la Solicitud.
Cuando se determinen trámites complementarios que apliquen o resulten del análisis técnico de los requisitos, el tiempo para atender la solicitud se verá incrementado en función de los tiempos de atención de los trámites complementarios.
Recibida la solicitud, si en el análisis técnico de los requisitos se constatan errores, inconsistencias en datos y/o no se cumple con alguno de los lineamientos señalados en el Reglamento de la Ley que Crea el Instituto de Seguridad Jurídica Patrimonial de Yucatán o Leyes aplicables en la materia, la solicitud será SUSPENDIDA, notificándose al Usuario el hallazgo observado, términos y requerimientos para su atención.
La Dirección de Catastro podrá verificar los datos asentados en las manifestaciones de que se trate y cuando no coincidan dichos datos con las características reales del inmueble, se realizarán los trabajos catastrales adicionales, siendo el propietario responsable del pago de derechos que cause el servicio.
Si se detectan modificaciones en el predio no manifestadas ante el Catastro, en cumplimiento al Artículo 129 y 165 fracciones II, III, IV, V y VI de la Ley que crea el INSEJUPY y Artículo 133 de su Reglamento, ésta será notificado al calce del documento oficial que se emita, quedando todo trámite posterior condicionado a su cumplimiento.
El tiempo para atender la solicitud entra en vigor a partir de la fecha programada para realizar la diligencia confirmada con el Usuario.
Toda Solicitud debe ser pagada en un término de 5 días hábiles, en caso contrario será DESECHADA, y por seguridad del Usuario, todas las copias del expediente proporcionadas serán destruidas a los 30 días hábiles siguientes a la fecha de la Solicitud.
Cuando se determinen trámites complementarios que apliquen o resulten del análisis técnico de los requisitos, el tiempo para atender la solicitud se verá incrementado en función de los tiempos de atención de los trámites complementarios.
Recibida la solicitud, si en el análisis técnico de los requisitos se constatan errores, inconsistencias en datos y/o no se cumple con alguno de los lineamientos señalados en el Reglamento de la Ley que Crea el Instituto de Seguridad Jurídica Patrimonial de Yucatán o Leyes aplicables en la materia, la solicitud será SUSPENDIDA, notificándose al Usuario el hallazgo observado, términos y requerimientos para su atención.
La Dirección de Catastro podrá verificar los datos asentados en las manifestaciones de que se trate y cuando no coincidan dichos datos con las características reales del inmueble, se realizarán los trabajos catastrales adicionales, siendo el propietario responsable del pago de derechos que cause el servicio.
Si se detectan modificaciones en el predio no manifestadas ante el Catastro, en cumplimiento al Artículo 129 y 165 fracciones II, III, IV, V y VI de la Ley que crea el INSEJUPY y Artículo 133 de su Reglamento, ésta será notificado al calce del documento oficial que se emita, quedando todo trámite posterior condicionado a su cumplimiento.
El tiempo para atender la solicitud entra en vigor a partir de la fecha programada para realizar la diligencia confirmada con el Usuario.
Si no recibió una respuesta por parte de la autoridad estatal, o se encuentra inconforme con la que recibió, consulte la información sobre los medios de impugnación y la negativa ficta.