Publicaciones
Publicaciones en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán
Trámite de:
Consejería Jurídica
Homoclave:
CJ000-1401
Última modificación:
3 de febrero de 2023
Trámite para:
Personas físicas, personas morales
Enviar la solicitud y documentación del trámite a fin de que se valide si cumple con los requisitos y condiciones necesarias, para poder iniciar su trámite de forma presencial en la ventanilla o la instancia correspondiente.
Descripción
Permite la publicación de actos de autoridad y asuntos particulares (de personas físicas o morales) que por disposición de la ley deban realizar mediante el Diario Oficial del Gobierno del Estado, tales como: decretos, acuerdos, convenios, avisos, remates, convocatorias, licitaciones, fusiones de sociedades mercantiles, balances y otras disposiciones de carácter y de observancia general.
Contacto
Lic. José Alfonso Lozano Poveda
Director del Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán
999 924 18 92 / 999 928 33 08 Ext. 53446, 53447 y 53415.
alfonso.lozano@yucatan.gob.mx
diario.oficial@yucatan.gob.mx
Director del Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán
999 924 18 92 / 999 928 33 08 Ext. 53446, 53447 y 53415.
alfonso.lozano@yucatan.gob.mx
diario.oficial@yucatan.gob.mx
*No requiere cita
En qué consiste
¿En qué caso debo o puedo realizarlo?
Cuando el ciudadano desee realizar una publicación en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán.
¿Cuándo debo realizarlo?
Permanente.
¿Cuál es la vigencia del documento o producto obtenido?
Permanente.
¿Cuál es la dirección responsable del trámite o servicio?
Dirección del Diario Oficial
¿Cuál es la normatividad de este trámite o servicio?
-
- Artículos relacionados
- Artículo 1
- Artículo 3
- Artículo 10
- Artículo 11
- Artículo 16
- Artículo 19
- Artículo 21
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
- Requisitos
-
- Artículos relacionados
- Artículo 1
- Artículo 3
- Artículo 4
- Artículo 5
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
- Requisitos
- Costo
-
- Artículos relacionados
- Artículo 66 fracción III, incisos a), c), d) y e)
- Conceptos regulados
- Costo
Qué necesito
¿Cuáles son los requisitos para realizarlo?
-
Documento a Publicar
- Descripción
- El documento a publicar y su respaldo magnético deberán cumplir con las siguientes características:
• Fuente de letra tipo Arial de tamaño 12, con interlineado sencillo.
• Las imágenes, en caso de haberlas, se presentarán con formato .jpg o .bmp.
• El documento a publicar deberá ser legible, sin tachaduras, enmendaduras ni manchas; rubricado por la autoridad responsable (persona física o moral).
• El respaldo magnético será un archivo de texto compatible con el paquete Microsoft Office.
NOTA: Quedan exentos de presentar el respaldo magnético los pregones de remate, domicilios ignorados, diligencias de jurisdicción voluntaria, edictos y juicios de prescripción positiva. - Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original, 2 copias simples
-
Solicitud
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Escrito Libre
- Descripción
- • La solicitud es dirigida al Director del Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán, con copia al Consejero Jurídico del Poder Ejecutivo.
• La solicitud no aplica para los siguientes casos: pregones de remate, domicilios ignorados, diligencias de jurisdicción voluntaria, edictos. - Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original, 1 copia simple
-
Identificación Oficial de la Persona Física
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Cartilla de Identidad del Servicio Militar Mexicano
- Cédula Profesional
- Credencial para Votar del Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE)
- Licencia de Conducir
- Pasaporte
- Descripción
- • Aplica para las publicaciones con costo, excepto: pregones de remate, domicilios ignorados, diligencias de jurisdicción voluntaria, edictos, licitaciones públicas.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas
- Presentación
- 1 copia simple
-
Poder Notarial
- Descripción
- •Únicamente para personas morales que realicen: convocatorias de asamblea general de empresas particulares, acuerdos de fusión de empresas particulares, balances de empresas particulares.
- Personas que lo requieren
- Personas morales
- Presentación
- 1 copia certificada
-
Recibo Oficial de Pago
- Descripción
- • Cubrir los derechos aplicables en la caja de la Agencia de Administración Fiscal de Yucatán (AAFY).
• Aplica para las publicaciones con costo. - Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original, 1 copia simple
Costo
Variable
• Menos de 10 líneas por 1 día $ 239.00• 1/4 de plana por 1 día $ 623.00
• 1/2 plana por 1 día $ 996.00
• 1 plana por 1 día $ 1,867.00
¿Cuáles son las opciones para pagar?
Efectivo
Tarjetas de débito
Tarjeta de crédito VISA o MasterCard (No aplica American Express), o cheque certificado a nombre de la SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS (a partir de un monto de $2,000.00).
Tarjetas de débito
Tarjeta de crédito VISA o MasterCard (No aplica American Express), o cheque certificado a nombre de la SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS (a partir de un monto de $2,000.00).
¿Debo presentar un formato o escrito libre?
Escrito libre de Solicitud.
¿Existen observaciones adicionales?
* La entrega del documento a publicar es, por lo menos, tres días hábiles anteriores al día señalado para su publicación.
* Durante el desarrollo del trámite, se le proporciona al usuario el formato gratuito "Control de Publicaciones con Costo", en el cual se registran sus datos personales para facilitar su localización en caso de ser necesario.
* Las publicaciones sin costo serán las que actualicen alguno de los supuestos del artículo 16 de la Ley del Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán.
* Durante el desarrollo del trámite, se le proporciona al usuario el formato gratuito "Control de Publicaciones con Costo", en el cual se registran sus datos personales para facilitar su localización en caso de ser necesario.
* Las publicaciones sin costo serán las que actualicen alguno de los supuestos del artículo 16 de la Ley del Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán.
Cómo lo realizo
¿Cuáles son los pasos para realizarlo?
Presencial:
- Publicaciones con costo
- Preséntese con la recepcionista de la Dirección del Diario Oficial con los requisitos correspondientes.
- Llene el formato "Control de Publicaciones con Costo" (formato gratuito proporcionado por esta Dirección).
- Cubra los derechos aplicables en la caja de la Agencia de Administración Fiscal de Yucatán (AAFY).
- Publicaciones sin Costo
- Preséntese con la recepcionista de la Dirección del Diario Oficial con los requisitos correspondientes.
Procedimiento Presolicitud en Línea:
- Localice la opción "Iniciar trámite" y llene los campos solicitados.
- Espere la contestación por la misma vía, en la cual se mencionará la cotización correspondiente, si es el caso.
- Presentarse en el lugar mencionado en el correo de contestación, siguiendo las indicaciones señaladas.
En todos los casos la entrega del documento a publicar es, por lo menos, tres días hábiles anteriores al día señalado para su publicación.
¿Cuáles son las opciones para realizarlo?
-
Dirección del Diario OficialCalle 20-A No. 284-B por 3-B, Tercer Piso, Col. Xcumpich "Edificio Administrativo Siglo XXI"Municipio: MéridaHorario: Lunes a Viernes de 8:00 a 14:00 hrs.Teléfono: (999) 924 18 92, (999) 923 27 11 Ext. 53447 y 53450A un costado del "Centro de Servicios Yucatán" (a espaldas de COSTCO)
-
Hemeroteca del Diario OficialCalle 90 No. 498-A por 61-A y 63 Col. Bojórquez. "Complejo de Seguridad Jurídica" (INSEJUPY)Municipio: MéridaHorario: Lunes a Viernes de 8:00 a 14:00 hrs.Teléfono: (999) 930 30 20, (999) 930 30 23 Ext. 53255A espaldas del Hospital Militar.
¿Cuánto tiempo toma realizarlo?
15 Minutos
¿Pueden rechazar mi trámite o servicio?
En caso de NO cumplir con los requisitos establecidos, así como realizar el trámite fuera del horario estipulado.
Si no recibió una respuesta por parte de la autoridad estatal, o se encuentra inconforme con la que recibió, consulte la información sobre los medios de impugnación y la negativa ficta.
¿Se aplica la afirmativa ficta?
No