Alerta Amber Yucatán
Homoclave:
FGE00-1734
Última actualización:
1 de agosto de 2023
Trámite para:
Personas físicas
Realizar la gestión total del trámite de forma física en las ventanillas de atención establecidas.
Descripción
PROTOCOLO ALERTA AMBER:
Permite establecer las actividades necesarias para determinar la activación, actualización y desactivación de una alerta Amber en el Estado de Yucatán, con la finalidad de iniciar la búsqueda y pronta recuperación de niñas, niños y adolescentes que se encuentren en riesgo inminente de sufrir daño grave a su integridad personal, por motivo de ausencia, desaparición, extravió, privación ilegal de la libertad, no localización o cualquier circunstancia donde se presuma la comisión de un ilícito, ocurrido en el Estado de Yucatán.
Trámite de: Despacho del Fiscal General del Estado
Contacto
Coordinación Estatal Alerta Amber Yucatán
800 002 62 37, 999 930 32 50 ext. 41164 y 999 930 32 88 Línea directa
alerta.amber@yucatan.gob.mx
800 002 62 37, 999 930 32 50 ext. 41164 y 999 930 32 88 Línea directa
alerta.amber@yucatan.gob.mx
*No requiere cita
En qué consiste
¿Qué resolutivo obtendré al realizar el trámite o servicio?
Número de carpeta de investigación para seguimiento a su denuncia
¿Cuándo debo realizarlo?
Protocolo Alerta Amber:
En situación de ausencia, extravío, sustracción, privación ilegal de la libertad, no localización o desaparición, de cualquier niña, niño o adolescente.
En situación de ausencia, extravío, sustracción, privación ilegal de la libertad, no localización o desaparición, de cualquier niña, niño o adolescente.
¿Cuál es la vigencia del resolutivo que obtendré?
La Alerta o Pre-alerta Amber Yucatán tendrá una duración máxima de 72 horas; sin que esto sea limitativo para todas las instituciones de investigación y persecución del delito, misma que posteriormente será desactivada por término. Si la niña, niño o adolescente fuese localizado antes, inmediatamente se procederá a su desactivación por localización.
¿Cuál es regulación que le aplica al trámite o servicio?
-
- Artículos relacionados
- Protocolo
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
Qué necesito
¿Cuáles son los requisitos para realizarlo?
-
Entrevista
- Descripción
- Entrevista Inicial que realizará la Coordinación Estatal de Programa Alerta Amber Yucatán a la persona que denuncia o emite el reporte de la niña, niño o adolescente, esta podrá ser física o vía telefónica.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- Presencial
-
Fotografías
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Fotografías
- Descripción
- Fotografía clara y reciente de la niña, niño o adolescente reportado.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
¿Cuál es el costo?
Gratuito
¿Requiere inspección o verificación este trámite o servicio?
No
¿Qué debo considerar al realizar el trámite o servicio?
El Programa Alerta Amber sirve como mecanismo nacional de coordinación y cooperación sistemática entre los tres órdenes de gobierno, medios de comunicación, organizaciones de la sociedad civil, sector empresarial, académico y desde el ámbito de sus respectivas competencias, para la búsqueda y pronta recuperación de niñas, niños y adolescentes que se encuentren en riesgo inminente de sufrir daño grave a su integridad personal, por motivo de ausencia, desaparición, extravió, privación ilegal de la libertad, no localización o cualquier circunstancia donde se presuma la comisión de un ilícito, ocurrido en el Estado de Yucatán.
Cómo y dónde lo realizo
¿Cuáles son los pasos para realizarlo?
¿Cómo lo realizo presencial?
- Acudir a la oficina de atención establecida
- Entregar la documentación requerida
- Firmar la solicitud autógrafamente
- Recibir el resolutivo (documento o respuesta final resultado del trámite o servicio)
¿A dónde puedo acudir para realizarlo?
-
Fiscalía General del EstadoKm. 45.5 Periférico PonienteMunicipio: MéridaHorario: 24 horas, los. 365 días del añoTeléfono: (999) 930 32 50Alerta Amber
¿Cuál es el tiempo máximo para obtener respuesta?
La entrevista dura de 15 a 20 minutos
¿Pueden rechazar mi trámite o servicio?
PROTOCOLO ALERTA AMBER:
Criterios para la activación:
1. Persona menor de 18 años de edad
2. Que se encuentre en riesgo inminente de sufrir daño grave a su integridad personal, por motivo de ausencia, desaparición, extravío, privación ilegal de la libertad o cualquier circunstancia donde se presuma la comisión de algún ilícito, ocurrido en territorio nacional.
3. Que exista información suficiente sobre la niña, niño o adolescente, como: datos de las circunstancias del hecho, nombre, edad, sexo, media filiación, señas particulares, padecimientos o discapacidades, vestimenta, lugar, personas y vehículos involucrados, la última vez que fue vista y otra información que se considere relevante.
Criterios para la desactivación de la Alerta AMBER Yucatán:
- La localización de la niña, niño o adolescente
- Cuando derivado de la Alerta, se coloque a la niña, niño o adolescente, en situación de riesgo.
- Cuando se tenga evidencia suficiente para determinar que la vida de la niña, niño o adolescente no se encuentra en peligro.
- Cuando por el trascurso del tiempo se deban implementar otras medidas de investigación.
Criterios para la activación:
1. Persona menor de 18 años de edad
2. Que se encuentre en riesgo inminente de sufrir daño grave a su integridad personal, por motivo de ausencia, desaparición, extravío, privación ilegal de la libertad o cualquier circunstancia donde se presuma la comisión de algún ilícito, ocurrido en territorio nacional.
3. Que exista información suficiente sobre la niña, niño o adolescente, como: datos de las circunstancias del hecho, nombre, edad, sexo, media filiación, señas particulares, padecimientos o discapacidades, vestimenta, lugar, personas y vehículos involucrados, la última vez que fue vista y otra información que se considere relevante.
Criterios para la desactivación de la Alerta AMBER Yucatán:
- La localización de la niña, niño o adolescente
- Cuando derivado de la Alerta, se coloque a la niña, niño o adolescente, en situación de riesgo.
- Cuando se tenga evidencia suficiente para determinar que la vida de la niña, niño o adolescente no se encuentra en peligro.
- Cuando por el trascurso del tiempo se deban implementar otras medidas de investigación.
Si no recibió una respuesta por parte de la autoridad estatal, o se encuentra inconforme con la que recibió, consulte la información sobre los medios de impugnación y la negativa ficta.