Solicitud de Compensación
Solicitud de Compensación de contribuciones
Homoclave:
AAFY0-1773
Última actualización:
8 de agosto de 2023
Trámite para:
Personas físicas, personas morales
Enviar la solicitud y documentación del trámite a fin de que se valide si cumple con los requisitos y condiciones necesarias, para poder iniciar su trámite de forma presencial en la ventanilla o la instancia correspondiente.
Descripción
Permite compensar las cantidades que tengan a su favor contra sus adeudos, siempre y cuando les corresponda.
Trámite de: Dirección de Recaudación
Contacto
Centro de Contacto Telefónico
Número telefónico: 999 930 30 00 / 800 999 9000
WhatsApp: 999 275 87 97 / 999 900 36 93
De lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
aafy@yucatan.gob.mx
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WhatsApp: 999 275 87 97 / 999 900 36 93
De lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
aafy@yucatan.gob.mx
*No requiere cita
En qué consiste
¿Qué resolutivo obtendré al realizar el trámite o servicio?
De conformidad con la normatividad aplicable
¿Cuándo debo realizarlo?
En un término no mayor a 5 años a partir de la generación del saldo a favor o pago de lo indebido.
¿Cuál es la vigencia del resolutivo que obtendré?
Permanente
¿Cuál es regulación que le aplica al trámite o servicio?
-
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- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
-
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- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
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- Artículos aplicables según el Impuesto de que se trate la Compensación
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- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
Qué necesito
¿Cuáles son los requisitos para realizarlo?
-
Escrito
- Descripción
- Escrito libre de solicitud de compensación dirigido a la Directora de Recaudación o al titular de la Agencia de Administración Fiscal de Yucatán, el cual deberá contener como mínimo:
a) Nombre,
b) Denominación o razón social,
c) Domicilio fiscal y domicilio para oír y recibir notificaciones en el Estado,
d) Impuesto y la cantidad a compensar,
e) Autoridad a la que se dirige,
f) Propósito de la solicitud,
g) Hechos y circunstancias relacionadas con la solicitud,
h) Fecha,
i) Firma,
j) Teléfono,
k) Correo electrónico,
l) R.F.C.
m) R.E.C. - Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 2 originales
-
Identificación Oficial de la Persona Física
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Cartilla de Identidad del Servicio Militar Mexicano
- Cédula Profesional
- Credencial para Votar del Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE)
- Licencia de Conducir
- Pasaporte
- Descripción
- Vigente.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas
- Presentación
- 1 original, 1 copia simple
-
Comprobante de Domicilio
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Recibo de Agua Potable
- Recibo de Luz
- Recibo de Teléfono Fijo
- Descripción
- -De domicilio fiscal o en su caso comprobante de domicilio autorizado para oír y recibir notificaciones, el cual deberá ser de fecha de expedición no mayor a tres meses previos a la fecha de presentación del escrito libre de solicitud de compensación.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original, 1 copia simple
-
Identificación Oficial del Representante Legal
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Cartilla de Identidad del Servicio Militar Mexicano
- Cédula Profesional
- Credencial para Votar del Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE)
- Licencia de Conducir
- Pasaporte
- Descripción
- Vigente.
- Personas que lo requieren
- Personas morales
- Presentación
- 1 original, 1 copia simple
-
Declaración de Impuestos Estatales
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Declaración del Ejercicio del Impuesto Cedular sobre la obtención de ingresos por actividades empresariales y del Impuesto Sobre la Renta
- Declaración Normal y/o Complementaria
- Descripción
- -Según sea el caso:
a) Declaración normal y/o complementaria en la que se haya manifestado el monto del impuesto a compensar.
b) Hoja de trabajo donde conste el impuesto a compensar.
c) Declaraciones de pagos provisionales efectuados, en su caso.
d) Declaración del ejercicio del impuesto Cedular sobre la obtención de ingresos por actividades empresariales y del Impuesto Sobre la Renta presentado por el contribuyente, en su caso.
-En caso de que sea autorizada la compensación el Contribuyente deberá presentar:
a) Declaración por duplicado en la cual se aplicará la compensación.
b) Resolución emitida por la autoridad fiscal donde se autorice la compensación con fotocopia.
Nota: Tratándose de solicitudes que provengan de errores en datos manifestados en escritura pública o en otros documentos, deberá anexar la documentación comprobatoria que ampare la solicitud, en original y copia para cotejo. - Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 copia simple
-
Comprobante de Pago Bancario
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 copia simple
-
Comprobante de Transferencia Bancaria (SPEI)
- Descripción
- -Según sea el caso.
-Comprobante electrónico de pago (CEP). - Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 copia simple
-
Estado de Cuenta Bancario
- Descripción
- -Según sea el caso.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 copia simple
-
Recibo Oficial de Pago
- Descripción
- -Según sea el caso:
-Acuse de pago impreso emitido por la Agencia de Administración Fiscal de Yucatán - Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 copia simple
-
Recibo Oficial emitido por la Secretaría de Administración y Finanzas
- Descripción
- Según sea el caso:
-Comprobante de pago electrónico con sello digital emitido por la Secretaría de Administración y Finanzas.
Tratándose de derechos:
-Recibo Oficial original emitido por la Secretaría de Administración y Finanzas, cuando se trate de trámites realizados en oficinas de la agencia. - Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original, 1 copia simple
-
Concepto de Derecho
- Descripción
- Tratándose de derechos:
-La declaración en Original de la unidad administrativa responsable de otorgar el servicio objeto del derecho, de que el recibo o el comprobante no fue utilizado o prestado el servicio por el cual se pagó el derecho; ya sea mediante oficio o en el reverso del recibo oficial o comprobante, y deberá contener la fecha de emisión, el sello de dicha unidad administrativa, así como la firma
autógrafa del servidor público responsable de la declaración.
-Tratándose de los derechos por los servicios que prestan los fedatarios a quienes el estado les haya concedido fe pública, así como los derechos pagados a través del Sistema Integral de
Gestión Registral por dichos fedatarios, deberá señalarse en el comprobante de pago que no fue utilizado, así como la fecha de emisión, la firma autógrafa y el sello del fedatario público, o bien, mediante escrito libre que contenga la relación pormenorizada de dichos pagos, firma autógrafa y sello del fedatario público.
-La declaración de la unidad administrativa y/o del fedatario público deberá tener una fecha de expedición no mayor a seis meses previos a la fecha de presentación del escrito libre de solicitud de compensación. - Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Acreditación de Personalidad
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Carta Poder Notariada
- Mandato Legal
- Poder Notarial
- Descripción
- -Acreditación de su personalidad, en caso de actuar en representación del interesado.
- Personas que lo requieren
- Personas morales
- Presentación
- 1 original, 1 copia simple
-
Constancia de Situación Fiscal SAT (RFC)
- Descripción
- Deberá ser de fecha de expedición no mayor a un mes previo a la fecha de presentación de la
solicitud de compensación. - Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original, 1 copia simple
-
Formato
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Descripción
- En caso de que sea autorizada la compensación el Contribuyente deberá presentar:
-Formato AAFY-04, denominado aviso de compensación y anexo 4.1, en su caso, a nombre del solicitante debidamente llenado y firmado.
*Tratándose de compensación de derechos estatales, el Anexo 4.1 se deberá presentar cuando se relacionen más de 1 recibo oficial. - Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 3 originales
¿Cuál es el costo?
Gratuito
¿Requiere inspección o verificación este trámite o servicio?
No
¿Qué formatos o escritos libres debo presentar?
-
Formato
¿Qué debo considerar al realizar el trámite o servicio?
-Las autoridades fiscales, para verificar el saldo a favor o pago de lo indebido solicitado en compensación, podrán requerir al contribuyente los datos, informes o documentos adicionales que considere necesarios y que estén relacionados con la misma.
-La compensación no procederá en los casos siguientes:
I. Sobre cantidades cuya devolución se haya solicitado;
II. Cuando haya prescrito la obligación para devolverlas, y
III. Cuando quien pretenda hacer la compensación no tenga derecho a obtener su devolución en términos del artículo 31 de este Código.
-En caso de que la solicitud de compensación sea negada se emitirá resolución por parte de la autoridad competente en los términos establecidos en el Código Fiscal del Estado de Yucatán.
-La compensación no procederá en los casos siguientes:
I. Sobre cantidades cuya devolución se haya solicitado;
II. Cuando haya prescrito la obligación para devolverlas, y
III. Cuando quien pretenda hacer la compensación no tenga derecho a obtener su devolución en términos del artículo 31 de este Código.
-En caso de que la solicitud de compensación sea negada se emitirá resolución por parte de la autoridad competente en los términos establecidos en el Código Fiscal del Estado de Yucatán.
Cómo y dónde lo realizo
¿Cuáles son los pasos para realizarlo?
¿Cómo lo realizo en línea?
- Iniciar trámite vía correo electrónico (servicios.aafy@yucatan.gob.mx)
- Adjuntar la documentación solicitada
- Dar clic en iniciar trámite o enviar correo electrónico (servicios.aafy@yucatan.gob.mx)
¿Cómo lo realizo presencial?
- Acudir a la oficina de atención establecida
- Entregar la documentación requerida
- Recibir el resolutivo (documento o respuesta final resultado del trámite o servicio)
¿A dónde puedo acudir para realizarlo?
-
Oficinas Centrales de la AAFYCalle 60 Núm. 299-E entre 3-B y 5-B Col. Revolución (Carretera Mérida- Progreso, complejo Siglo XXI)Municipio: MéridaHorario: De lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horasTeléfono: CCT: (999) 930 30 00 y lada sin costo (800) 999 90 00Aquí ofrecemos servicio de asesoría fiscal gratuita. Kiosco Estatal de Pagos y Cajero Inteligente.
¿Cuál es el tiempo máximo para obtener respuesta?
3 meses
¿Pueden rechazar mi trámite o servicio?
Si, en caso de no cumplir con todos los requisitos solicitados y que de la validación a la documentación soporte sea procedente.
Si no recibió una respuesta por parte de la autoridad estatal, o se encuentra inconforme con la que recibió, consulte la información sobre los medios de impugnación y la negativa ficta.