Recepción de Avisos de Aplicación de Estímulos Fiscales que se indican en la LGHEY
Recepción de Avisos de Aplicación de Estímulos Fiscales que se indican en la Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán
Homoclave:
AAFY0-1771
Última actualización:
16 de agosto de 2023
Servicio para:
Personas físicas, personas morales
Iniciar y terminar de forma digital, es decir, puede enviarse la resolución a través de un medio electrónico.
Descripción
Permite obtener un beneficio que el Estado otorga a las personas físicas y morales exentándolos del pago del impuesto sobre Erogaciones por Remuneración al Trabajo Personal (nómina) durante su primer año de actividades en el Estado de Yucatán, o bien, la exención de un año a partir de la creación directa de nuevos empleos permanentes. Deberán presentar el aviso las personas físicas y morales cuando: Inicien actividades realizando erogaciones que se efectúen en el Estado de Yucatán por concepto de Remuneración al Trabajo Personal, así como Erogaciones por Remuneraciones a Honorarios Asimilables a Salarios, incluso cuando el Servicio Personal Subordinado se preste en el Estado de Yucatán y la remuneración se cubra en otro Estado y opten por no pagar el impuesto durante su primer año de actividades en el Estado. Los contribuyentes generen en forma directa nuevos empleos permanentes en el Estado y a partir de la contratación o registro de los nuevos trabajadores, en cualquiera de las instituciones de seguridad social que operan en el Estado.
Servicio de: Dirección de Servicios al Contribuyente
Contacto
Centro de Contacto Telefónico
Número telefónico: 999 930 30 00 / 800 999 9000
WhatsApp: 999 275 87 97 / 999 900 36 93
De lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
Correo electrónico para información: aafy@yucatan.gob.mx
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WhatsApp: 999 275 87 97 / 999 900 36 93
De lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
Correo electrónico para información: aafy@yucatan.gob.mx
*No requiere cita
En qué consiste
¿Qué resolutivo obtendré al realizar el trámite o servicio?
Reciba acuse AAFY-02 del formato sellado y firmado por el asesor.
¿Cuándo debo realizarlo?
Cuando Inicien actividades realizando erogaciones que se efectúen en el Estado de Yucatán por concepto de remuneración al trabajo personal, así como por remuneraciones a honorarios asimilables a salarios, y opten por no pagar el impuesto durante su primer año de actividades en el Estado o apliquen la exención de un año a partir de la creación directa de nuevos empleos permanentes.
¿Cuál es la vigencia del resolutivo que obtendré?
Permanente.
¿Cuál es regulación que le aplica al trámite o servicio?
-
- Artículos relacionados
- artículos 27-A, 27-B, 27-C y 27-D
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
-
- Artículos relacionados
- artículos 26, 27 y 28.
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
Qué necesito
¿Cuáles son los requisitos para realizarlo?
-
Identificación Oficial de la Persona Física
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Cédula Profesional
- Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)
- Credencial para Votar del Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE)
- Licencia de Conducir
- Pasaporte
- Descripción
- Documento Oficial que pruebe la identidad del contribuyente, que contenga su fotografía y su firma, que sea vigente y legible.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas
- Presentación
- 1 original, 1 copia simple
-
Identificación Oficial del Representante Legal
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Cédula Profesional
- Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)
- Credencial para Votar del Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE)
- Licencia de Conducir
- Pasaporte
- Descripción
- Documento Oficial que compruebe la identidad del representante legal, que contenga su fotografía y su firma, que sea vigente y legible.
- Personas que lo requieren
- Personas morales
- Presentación
- 1 original, 1 copia simple
-
Escrito
- Descripción
- Escrito libre que deberá contener los siguientes datos: nombre, denominación o razón social, domicilio fiscal, hechos y circunstancias que motiven el beneficio, fecha, firma, teléfono y dirección de correo electrónico, el escrito deberá ir dirigido al C.P. Rolando Herrera Castillo, Director de Auditoría de la Agencia de Administración Fiscal de Yucatán.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 2 originales
-
Documentación
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Hoja de Trabajo
- Descripción
- Para el Aviso de Solicitud de Aplicación del Estímulo Fiscal Artículo 27-C, deberá presentar también: papeles de trabajo integrados de conformidad con la mecánica de cálculo prevista en la regla III.4.6. de la fracción IV del Acuerdo AAFY 25/2021, publicado el 31 de diciembre 2021.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Declaración de Impuestos Estatales
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Declaración Normal y/o Complementaria
- Descripción
- Copia de la declaración del Impuesto donde se aplica la primera presentación del estímulo fiscal.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original, 1 copia simple
-
Acreditación de Personalidad
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Carta Poder Notariada
- Mandato Legal
- Poder Notarial
- Descripción
- Documento notariado o expedido por Autoridad o Dependencia competente, donde conste el Acreditamiento de la personalidad del representante legal quien promueve el aviso de aplicación.
La representación de las personas físicas o morales ante las autoridades fiscales se hará mediante escritura pública o mediante carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante y testigos ante las autoridades fiscales, notario o fedatario público, acompañando copia de la identificación del contribuyente o representante legal, previo cotejo con su original. En los trámites administrativos fiscales no se admitirá la gestión de negocios. - Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original, 1 copia simple
¿Cuál es el costo?
Gratuito
¿Requiere inspección o verificación este trámite o servicio?
No
¿Qué formatos o escritos libres debo presentar?
¿Qué debo considerar al realizar el trámite o servicio?
•Es necesario haber cumplido en tiempo y en forma con todas sus obligaciones fiscales, incluso aquellas que no impliquen pago durante el trimestre inmediato anterior al mes a partir del cual aplique el mencionado estímulo fiscal. Así como no tener créditos fiscales firmes a su cargo por impuestos estatales y en caso de contar con autorización para el pago en parcialidades haber cumplido en tiempo con estas.
•Los requisitos señalados anteriormente son los establecidos para la gestión del presente trámite.
•El presente documento no establece obligaciones, ni crea derechos distintos de los contenidos en las disposiciones fiscales vigentes.
•Los requisitos señalados anteriormente son los establecidos para la gestión del presente trámite.
•El presente documento no establece obligaciones, ni crea derechos distintos de los contenidos en las disposiciones fiscales vigentes.
Cómo y dónde lo realizo
¿Cuáles son los pasos para realizarlo?
¿Cómo lo realizo en línea?
- Dar clic en iniciar trámite o enviar correo electrónico (servicios.aafy@yucatan.gob.mx)
- Escanear el documento para adjuntarlo
- Adjuntar la documentación solicitada
- Corregir las observaciones realizadas por la dependencia o entidad
- Descargar el resolutivo (documento o respuesta final resultado del trámite o servicio)
¿Cómo lo realizo presencial?
- Acudir a la oficina de atención establecida
- Ingresar la solicitud
- Entregar la documentación requerida
- Firmar la solicitud autógrafamente
- Corregir las observaciones realizadas por la dependencia o entidad
- Recibir el resolutivo (documento o respuesta final resultado del trámite o servicio)
¿A dónde puedo acudir para realizarlo?
-
Oficinas Centrales de la AAFYCalle 60 Núm. 299-E entre 3-B y 5-B Col. Revolución (Carretera Mérida- Progreso, complejo Siglo XXI)Municipio: MéridaHorario: De lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horasTeléfono: CCT: (999) 930 30 00 y lada sin costo (800) 999 90 00Aquí ofrecemos servicio de asesoría fiscal gratuita. Kiosco Estatal de Pagos y Cajero Inteligente.
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Ventanilla Única Estatal City CenterAvenida 24 x 23Municipio: MéridaHorario: De lunes a viernes de 9:00 a 16:00 hrs y sábado de 9:00 a 13:00 hrs.Teléfono: CCT: (999) 930 30 00 y lada sin costo (800) 999 90 00Kiosco Estatal de Pagos.
¿Cuál es el tiempo máximo para obtener respuesta?
Ventanilla: Máximo 20 minutos.
Correo Electrónico: 1 Día Hábil
Correo Electrónico: 1 Día Hábil
¿Pueden rechazar mi trámite o servicio?
Si, en caso de no cumplir con los requisitos solicitados en tiempo y forma se podrá rechazar el aviso.
Si no recibió una respuesta por parte de la autoridad estatal, o se encuentra inconforme con la que recibió, consulte la información sobre los medios de impugnación y la negativa ficta.