Refrendo Vehicular
Refrendo de Tarjeta de Circulación
Homoclave:
SSP00-1806
Última actualización:
1 de febrero de 2024
Trámite para:
Personas físicas, personas morales
Iniciar y terminar de forma digital, es decir, puede enviarse la resolución a través de un medio electrónico.
Descripción
Permite obtener una tarjeta de circulación (vigente) sin costo. De acuerdo al Decreto 718/2023 por el que se autoriza el refrendo de la tarjeta de circulación en su emisión 2020, necesaria para el tránsito de vehículos por el territorio del estado de Yucatán y el Decreto 719/2023 por el que se otorga un beneficio fiscal en materia de refrendo vehicular durante el ejercicio fiscal 2024.
Trámite de: Dirección General de Administración
Contacto
Lic. Julisa Graciela Navarrete Machain
Coordinadora General del área de Placas
Teléfonos: 999 930 32 00 extensión 40532
Correo electrónico: julisa.navarrete@yucatan.gob.mx
Coordinadora General del área de Placas
Teléfonos: 999 930 32 00 extensión 40532
Correo electrónico: julisa.navarrete@yucatan.gob.mx
En qué consiste
¿Qué resolutivo obtendré al realizar el trámite o servicio?
Tarjeta de circulación digital actualizada.
¿Cuándo debo realizarlo?
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024.
¿Cuál es la vigencia del resolutivo que obtendré?
31 de diciembre de 2024.
¿Cuál es regulación que le aplica al trámite o servicio?
-
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- Artículo 7, fracción V.
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
-
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- Artículo 107-Bis
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
-
- Artículos relacionados
- Artículos 1,2 y 3.
- Conceptos regulados
- Costo
-
- Artículos relacionados
- Articulos 1,2,3 y 4
- Conceptos regulados
- Costo
Qué necesito
¿Cuáles son los requisitos para realizarlo?
-
Número de Placa Vehicular
- Descripción
- Podrá encontrar el dato en el último comprobante de pago o en la Tarjeta de Circulación vencida
- Personas que lo requieren
- Personas morales
-
Número de Serie del Vehículo
- Descripción
- Podrá encontrar el dato en el último comprobante de pago o en la Tarjeta de Circulación vencida
- Personas que lo requieren
- Personas morales
¿Cuál es el costo?
Gratuito
¿Requiere inspección o verificación este trámite o servicio?
No
¿Qué debo considerar al realizar el trámite o servicio?
Para acceder a la condonación prevista en el artículo anterior, las personas físicas, morales o unidades económicas deberán cumplir con lo siguiente:
I. Realizar, a más tardar el 31 de diciembre del 2024, el trámite
correspondiente al refrendo vehicular del año 2024, a través del portal de internet que, para tal efecto, disponga la Secretaria de Seguridad Publica.
II. El vehículo objeto del trámite cuente con tarjeta de circulación, placas de circulación y calcomanía correspondiente, todas relacionadas con las placasde circulación emisión 2020.
Artículo 3. Efectos de los beneficios
El beneficio fiscal contenido en este decreto en ningún caso implicará devolución, compensación, acreditamiento o saldo a favor alguno.
I. Realizar, a más tardar el 31 de diciembre del 2024, el trámite
correspondiente al refrendo vehicular del año 2024, a través del portal de internet que, para tal efecto, disponga la Secretaria de Seguridad Publica.
II. El vehículo objeto del trámite cuente con tarjeta de circulación, placas de circulación y calcomanía correspondiente, todas relacionadas con las placasde circulación emisión 2020.
Artículo 3. Efectos de los beneficios
El beneficio fiscal contenido en este decreto en ningún caso implicará devolución, compensación, acreditamiento o saldo a favor alguno.
Cómo y dónde lo realizo
¿Cuáles son los pasos para realizarlo?
¿Cómo lo realizo en línea?
- Dar clic en el botón "Iniciar"
- Proporcionar los datos solicitados en el formato de solicitud
- Recibir el resolutivo (documento o respuesta final resultado del trámite o servicio)
¿Cuál es el tiempo máximo para obtener respuesta?
5 minutos.
¿Pueden rechazar mi trámite o servicio?
Si en caso de no Capturar correctamente la información de su vehículo.
Si no recibió una respuesta por parte de la autoridad estatal, o se encuentra inconforme con la que recibió, consulte la información sobre los medios de impugnación y la negativa ficta.
¿Al trámite o servicio aplica la afirmativa ficta o negativa ficta?
Negativa ficta